lunes, 24 de agosto de 2009

Resumen de Noticias Judiciales y Legislativas de la Semana Que Paso: “DE ESTO TAMBIÉN SE HABLA”

Fuente: Diario El País.

LEY DE ACOSO SEXUAL LABORAL Y EDUCATIVO: El Poder Ejecutivo impulsó este mecanismo de indemnización de las víctimas de acoso sexual en el ámbito laboral y educativo, disponiendo que las empresas deban hacerse cargo del resarcimiento si no se tomaron medidas para "corregir" la agresión. La denuncia puede ser efectuada por el trabajador en el ámbito de su empresa o en la IGTSS, facultándose asimismo a los sindicatos a presentar la denuncia ante la IGTSS y concurrir a las diligencias siempre que el trabajador lo consienta. Si la denuncia no se hace a la empresa y sí a la IGTSS, ésta traslada la denuncia a efectos de que cese la situación de acoso.

Se establecen dos ámbitos para aplicar sanciones: uno, las empresas, a cargo de la IGTSS, y otro, potestad del juez laboral que tramite la demanda de la persona que se sienta víctima de acoso sexual. Ante una situación de denuncia corroborada, la IGTSS puede aplicar sanciones a la empresa que van de los 100 a 150 jornales del trabajador, los cuales son destinados a rentas generales. La Justicia, en tanto, atiende la situación individual de la persona que afirma ser víctima de acoso sexual.

Previo a la demanda, la persona debe solicitar una audiencia de conciliación en el MTSS, en la que puede pedir la investigación de la IGTSS en su lugar de empleo. Si el trabajador reclama una indemnización y las pruebas demuestran la veracidad de la denuncia, será el juez laboral el que defina a quién corresponde el pago. Si se comprueba la existencia de la agresión, la víctima podrá reclamar al responsable una indemnización por daño moral equivalente a 6 mensualidades. Se establece la posibilidad de que el acosado pueda romper unilateralmente la relación de trabajo por considerarse "indirectamente despedido" con carácter abusivo y tendrá derecho a la indemnización especial tarifada referida acumulable a la IPD común.

Una de las principales dificultades prácticas de la aplicación de la norma es probar la situación. El proyecto prevé que el responsable del acoso sea sancionado dentro de las competencias disciplinarias de la empresa o el órgano estatal implicado, pudiendo el acosador ser despedido, trasladado o suspendido por "notoria mala conducta". Pero quien actúe pretendiendo inducir a error sobre la existencia de acoso sexual denunciado, será pasible de acciones penales y podrá ser sancionado por mala conducta.

El artículo 13 del proyecto de ley establece que en una relación de docente, el o la estudiante objeto de acoso sexual tendrá todos los derechos previstos para los casos de la relación empleador-empleado, incluso el derecho a reclamar al patrono o jerarca del docente la aplicación de sanciones y una indemnización. Para el cálculo de la indemnización se tomará como base de cálculo el salario del trabajador responsable del acoso sexual.


 

PROYECTO DE LEY RELATIVO A PLAZOS LEGALES DE ARRENDAMIENTO CON DESTINO A GENERACIÓN ENERGIA ELECTRICA: El Poder Ejecutivo envió al Parlamento un proyecto de ley para duplicar el plazo máximo de arrendamiento de inmuebles con destino a la generación de energía eléctrica con fuentes renovables no tradicionales, como forma de promover las inversiones en ese sector. Se prevé que los arrendamientos con éste destino tengan un plazo máximo de 30 años. El artículo 1782 del Código Civil establece que el plazo máximo de arrendamiento de un inmueble es de 15 años. Hay establecidas tres excepciones que son para alquileres cuyo destino sea apoyar una presa, embalsar el agua o destinados a forestación, donde el plazo tope es de 30 años. A éstas se sumará la de inmuebles destinados a generación eléctrica en caso de aprobarse el proyecto remitido por el Ejecutivo.

Según la exposición de motivos del proyecto, los emprendimientos para generar electricidad "requieren el uso de terrenos privados, apropiados en consideración a su ubicación y topografía, cuyas localizaciones se distribuyen en el país y son de propiedad privada y muy excepcionalmente de propiedad fiscal". Ello ocurre con los proyectos de generación de energía solar fotovoltaica y eólica en los que "la topografía es de particular importancia" y en el caso de la biomasa donde la localización es de "fundamental importancia" por las distancias para el transporte de materia prima. Asimismo, explica que "la viabilidad económica" para los emprendimientos de generación eléctrica "está fuertemente ligada a la certidumbre de disponer el terreno durante todo el período de amortización, que suele ser mayor o igual a los 20 años".


 

PROYECTO DE LEY DE NEGOCIACION COLECTIVA EN EL AMBITO PRIVADO: Por mayoría, el Senado aprobó la ley de negociación colectiva, que volvió a Diputados para que se acepte la inclusión de una cláusula de paz sindical en los temas en que haya acuerdo entre las partes. El Partido Colorado no dio sus votos a la iniciativa por considerar que la ley es "rígida" en exceso, lo cual terminará por afectar el empleo causando un efecto contrario al buscado. El Partido Nacional apoyó la inclusión de la cláusula de paz en los convenios, la cual fue negociada a última hora a instancias de la bancada oficialista y como forma de ser condescendiente con el sector empresarial, que la había reclamado. La oposición no votó algunos artículos como los que establecen que las disposiciones de los convenios colectivos regirán cuando caduque el convenio, aun sin haberse negociado otro sustitutivo.

Un elemento más que es el que incorpora este proyecto de ley que es la negociación bipartita por empresa para discutir lo que no se puede discutir en los Consejos de Salarios, porque los Consejos de Salarios como tales sólo pueden fijar el salario mínimo por categoría y el aumento de salario.


 

TAC REVOCO RESOLUCIÓN DEL JUEZ EGUREN RELATIVA A SUMINISTRAR MEDICAMENTO CONTRA EL CANCER A PACIENTE: El Tribunal de Apelaciones Civil(TAC) de 6° Turno revocó la sentencia del Juez Pablo Eguren, por la cual se obligaba al MSP a entregar el medicamento "Lapatinib" para el tratamiento de cáncer de mama a una paciente, y se disponía la inclusión del fármaco en el Formulario Terapéutico de Medicamentos (FTM). El Tribunal entendió que el MSP no está obligando a suministrar medicamentos, sino que está obligado a incluirlos o no, según criterios técnicos en el FTM. El abogado de la demandante, Renzo Gatto, del estudio Gatto & Cúneo, evalúa la posibilidad de presentar un recurso de casación ante la Suprema Corte, aunque admitió que por lo general se entiende que acciones de este tipo no pueden llegar a esa instancia.

Pese al fallo del TAC la Ministra de Salud y el director de Salud, Jorge Basso, resolvieron continuar dando el medicamento a la demandante basada en la necesidad de no discontinuar su tratamiento y aclaró que en la medida en que la medicación esté protocolizada e incluida en el Fondo Nacional de Recursos (FNR) será otorgada a futuros pacientes. Pero subrayó que los medicamentos que no se incluyen en el FNR no podrán ser otorgados. De todos modos, el MSP entiende que la resolución tomada por el Tribunal de Apelaciones es la correcta, ya que no es posible brindar medicamentos no estén incluidos en el FTM.


 

CASO CASINOS MUNICIPALES: La jueza penal Fanny Canessa y el fiscal Diego Pérez tomaron declaración a César García, quien como edil, presentó a fines de 2006 la denuncia penal por irregularidades en los casinos de la Intendencia de Montevideo (IMM), que derivara un año más tarde en los procesamientos del ex director Juan Carlos Bengoa y otras cuatro personas.

En su declaración aseguró que tanto el ex intendente y actual senador Mariano Arana, la ex secretaria general de la comuna y actual ministra de Salud Pública María Julia Muñoz y el ex director de Desarrollo Económico de la IMM Alberto Rosselli, tienen responsabilidad en las irregularidades constatadas. Las máximas jerarquías municipales de la época "tienen responsabilidad en todos sus aspectos en su condición de funcionarios públicos". Hubo un "desmantelamiento de los casinos municipales que tuvo como único objetivo beneficiar a las salas privadas" expreso Cesar García.


 

EL SMU DENUNCIARA PENALMENTE A FUNCIONARIOS DEL HOSPITAL DE CLINICAS: El Sindicato Médico del Uruguay (SMU) denunciará penalmente al sindicato de funcionarios del Hospital de Clínicas (UTHC) a raíz de las medidas que viene tomando dicho sindicato, que son entre otras impedir el ingreso de nuevos pacientes hasta que el número de profesionales sea el adecuado para atender a los usuarios de los servicios del nosocomio universitario. El SMU teme que sus afiliados puedan, a raíz de dichas medidas, ser denunciados por el delito de omisión de asistencia. Si bien la responsabilidad cae sobre todo el personal de la salud pero quién decide, diagnostica y prescribe el tratamiento es el médico. En todo proceso de salud alterado el riesgo de vida está presente, en la medida que no se puede ejercer adecuadamente el tratamiento el riesgo aumenta.

La situación fue denunciada también ante la Comisión de Salud de Diputados, adjuntando prueba donde se constata la ausencia del cumplimiento de las prescripciones médicas, hay enfermeros que hacen un solo procedimiento por turno en CTI y se negó información sobre camas disponibles para internación aduciendo medidas gremiales.

Alfredo Alemán (Dirigente de la UTHC) expresó que el gremio de funcionarios va a esperar que el SMU realice las denuncias correspondientes, antes de iniciar cualquier clase de medida en respuesta.


 

CASO HOSPITAL MACIEL: Un informe contable y otro jurídico sobre las facturaciones de la empresa Clanider al Hospital Maciel serán analizados por los servicios técnicos del Tribunal de Cuentas (TCR). Los documentos son informes parciales de las auditorías que los técnicos están realizando en el Hospital Maciel, y concluyen que en un principio existen elementos para presentar una denuncia penal. Los informes preliminares responsabilizan al subdirector del Hospital Maciel, Oscar Gianneo, y a la administradora Lucía Zagía por la contratación de Clanider. En este momento, Zagía está separada del cargo mientras dure un sumario dispuesto por ASSE.

La sobrefacturación de la empresa que se ocupa de la limpieza del Hospital Maciel es investigada por la jueza especializada en crimen organizado, Graciela Gatti. Una vez que la jueza Graciela Gatti, en uso de licencia, se reintegre, el diputado blanco Jorge Gandini le entregará pruebas de que la empresa Clanider retiraba a su personal del hospital en horario de trabajo para que cumplieran labores en otras empresas.

A su vez, la Administración de los Servicios de Salud del Estado (ASSE) estima que en menos de 30 días concluirá una auditoría para determinar la existencia de presuntas irregularidades en los pagos de dicho nosocomio. La dirección del hospital reconoció que se comprobó un desfasaje entre las horas estimadas pagadas y las horas reales de trabajo de los funcionarios. También señaló que se llegó a un acuerdo con la empresa para la devolución de esa diferencia ($ 3.000.000).


 

ARCHIVARON DENUNCIA CONTRA FUNCIONARIOS INAU: El juez especializado en crimen organizado Jorge Díaz, a pedido de la fiscal Mónica Ferrero, archivó la denuncia que tramitaba contra 30 funcionarios quienes habían sido denunciados por el juez de Menores Hugo Morales por la presunta comisión del delito de desacato, al prohibir durante varios días el ingreso de menores sometidos a proceso judicial en los hogares Desafío y Puertas. Ello provocó que un grupo de jóvenes quedara alojado en comisarías durante varios días.

La fiscal del caso entendió que no se constató el ilícito denunciado por cuanto los trabajadores no tuvieron intención de desobedecer órdenes judiciales, sino que llevaron adelante una medida gremial como consecuencia de la sobrepoblación de los hogares del organismo. Además expresó que la decisión sindical fue comunicada previamente al INAU, cuyo Directorio debió tomar las acciones para evitar las complicaciones generadas por la resolución de los trabajadores, descartando asimismo la responsabilidad de las autoridades del INAU porque probaron que buscaron una salida al conflicto.

    

COFE SE APRESTA A PRESENTAR DEMANDA CONTRA EL ESTADO: Los funcionarios de la Administración Central presentarán el viernes 28 su demanda al Estado por incumplimiento del convenio salarial. El monto de la demanda no está definido pero se estima que sería el equivalente a un "medio aguinaldo anual" por trabajador, si el juicio termina favorable a los demandantes. El secretario general de COFE, Joselo López, informó a El País que ya se han recolectado unas 3.500 firmas de trabajadores que plantearán el juicio al Estado por incumplimiento del convenio salarial. COFE exige que el gobierno complete el 4% adicional que les asegure no perder salario real.

Los funcionarios ya habían recibido un ajuste del 7,12% en enero pasado y un 2% "al barrer" en abril, lo que no conformó a COFE. Ante el reclamo de los sindicatos, el Ejecutivo ha señalado que el compromiso asumido es que los funcionarios completarán el 19,5% de recuperación en enero de 2010.


 

LA AIN SUGIERE INVESTIGAR CUENTAS DEL EJERCITO EN EL EXTERIOR: Un reciente informe de la Auditoría Interna de la Nación (AIN) solicite que se realice una investigación administrativa al Ejército por el posible manejo irregular de fondos por varios millones de dólares. La compra de armamento, la adquisición y remodelación de vehículos blindados y la renovación de equipos de comunicaciones fueron hechos por el Comando de Apoyo Logístico del Ejército (CALE) a propuesta de su Departamento Financiero Contable, sin tener la autorización necesaria del Ejecutivo para realizarla. La AIN detectó en las tres operaciones un manejo no ajustado a las normas vigentes (pagos sin contrato), en ocasiones apartado de la Constitución (al no existir aprobación parlamentaria del convenio suscrito con el gobierno chileno para efectuar las compras; así como la ausencia del control del Tribunal de Cuentas).

A la vez, descubrió la existencia de tres cuentas bancarias en USA con varios millones de dólares depositados en ellas y otra en Uruguay sin mayores registros ni controles. Las cuentas bancarias manejadas son en los bancos Riggs, sin datos sobre saldos y clausurada en 2004; Wachovia, con US$ 1,3 millones cerrada a fines de 2005; y HSBC, con US$ 3 millones, clausurada en 2008 manejada por el agregado militar en Washington; y una en Uruguay (Discount) sin datos y cerrada en 2006 en la cual por la ausencia de registros en las oficinas locales del Ejército, no se pudo determinar el fin de dos salidas de caja de un millón de dólares cada una.


 

SanciONAN a Uruguay por no modificar sistema penal:
La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) de la OEA sancionó a Uruguay por no modificar el proceso penal, tal como lo había exigido el organismo en mayo del año 2007, luego de un reclamo presentado por los hermanos José, Dante y Jorge Peirano Basso. La CIDH había recomendado la liberación de los ex banqueros procesados en 2002, por considerar que habían cumplido una extensa prisión preventiva y que no podían continuar en prisión sin tener condena. En el mismo informe, el organismo de la OEA encomendó a nuestro país la actualización del Código del Proceso Penal (CPP) de manera de evitar que se registren casos de personas que pasan años recluidas en prisión sin tener una sentencia condenatoria.

Uruguay se comprometió a modificar la legislación, aunque pidió en dos ocasiones que se prorrogara el plazo otorgado. Por eso, en una resolución notificada ayer al abogado argentino Carlos De Casas, quien representa a los hermanos Peirano Basso ante la CIDH, el organismo señaló que "continuará evaluando las medidas tomadas por el Estado uruguayo con relación a la recomendación que se encuentra pendiente de cumplimiento, hasta que haya sido totalmente cumplida". A su vez, esa resolución implica que el informe sobre las dificultades que presenta el CPP sea incluido en el próximo informe anual que la OEA elevará a su Asamblea General, indicó la CIDH en su resolución.

La CIDH si bien reconoció que las iniciativas en curso para actualizar tanto el CPP como el Código Penal son "un paso positivo", insistió en que "aún falta su aprobación para dar cumplimiento" a la recomendación formulada. Por ese motivo, la CIDH reiteró su exhortación a Uruguay para que "el Estado produzca la modificación de las disposiciones legislativas o de otro carácter, a fin de hacerles consistentes en un todo con las normas de la Convención Americana que garantizan el derecho a la libertad personal", expresa la resolución.

La semana pasada, luego de tres años de trabajo, la Comisión de Reforma del CPP terminó la redacción del proyecto de reforma de la normativa. Se propone un sistema penal acusatorio donde el fiscal será el responsable de dirigir la investigación. Las causas se tramitarán mediante audiencias orales y públicas, lo que agilizará el trámite de los procesos. También se pretende que los procesados -salvo casos excepcionales como homicidas y violadores- sigan el curso del juicio en libertad, y recién sean enviados a prisión en caso de ser condenados.


 

PLAN CARDALES, CANALES PRIVADOS QUEDARON FUERA: Los canales de aire de Montevideo 4, 10 y 12 no formarán parte del paquete básico de señales que ofrecerá el Plan Cardales, cuya experiencia piloto tendrá lugar en Trinidad entre el 28 de agosto y los primeros días de setiembre. Desde ese entonces, la población de Trinidad podrá acceder al paquete básico de televisión por cable, internet y telefonía fija a un costo máximo de $ 298. La exclusión de los canales de aire de Montevideo se debió a una decisión de las empresas de televisión para abonados, por cuanto consideran que son un contenido muy importante dentro de su grilla, y si lo pasan a ofrecer a bajo precio dentro del Plan Cardales, temen que se produzca una migración importante de abonados hacia el servicio básico".

Andebu se ha mantenido al margen del Plan Cardales porque existen diferencias entre sus asociados sobre si es conveniente adherir o no a este proyecto. Concretamente, algunas empresas de cable como Nuevo Siglo y otras del interior, plantearon algunas dudas sobre la conveniencia de la alianza con Antel para desarrollar el `triple play` (de televisión para abonados, internet y telefonía fija), o si sería más conveniente que pudieran prestar el servicio por sí mismas.

Aunque todavía no están definidas las señales que formarán parte del paquete básico, se estima que en la experiencia piloto serán unos ocho canales, entre ellos la Red Uruguaya de Televisión, Televisión Nacional, un canal deportivo por un acuerdo con Tenfield; canales de cine, deportes, cultura e infantiles, y una señal educativa del Plan Ceibal. También habrá servicios de televisión interactiva, como un canal donde los televidentes podrán compartir recetas de cocina y otro para consultar las farmacias de turno. La conexión a internet tendrá una velocidad de 256 Kb de subida y 64 Kb de bajada.

Para acceder al beneficio de la exoneración del 100% del IRAE, el Estado le exige a los cableoperadores que se adhieran (en el caos, Trinidad Video Cable TVC) que entregue en comodato el equipamiento para acceder al Plan Cardales a alrededor de 1.000 hogares del quintil más pobre de la población de Trinidad. Este beneficio se creó por un decreto de este año, y rige durante 10 años.


 

COMENZO A REGIR EL SEGURO OBLIGATORIO DE AUTOMOVILES, LO QUE HAY QUE SABER: A pesar de que la obligatoriedad del seguro contra terceros rige desde el 19 de agosto, la fiscalización se postergará unos días porque las intendencias y el Ministerio del Interior no han definido los mecanismos de control. Sin perjuicio de ello le brindamos los puntos más importantes del SOA que hay que saber:

¿Qué cubre el seguro? Cubre daños personales, de lesión o muerte sufridos por un tercero y ocasionados en un accidente en el que intervenga el vehículo o remolque asegurado. Además, brinda una indemnización por las partes desprendidas del vehículo que ocasionó el siniestro o por las cosas transportadas en él o por él.

¿Cuáles son las pólizas y los precios del SOA? Quienes ya tengan seguros que incluyan el daño contra terceros no deben contratar una póliza nueva. Simplemente deberán solicitar en las compañías aseguradores un certificado y un sticker que se pega en el vehículo. Los costos varían dependiendo de la aseguradora y en algunos casos difiere si se trata de un vehículo que circula en Montevideo o el Interior. En el caso de autos oscilan entre los $ 1.900 y los $ 3.200. El SOA para motos varía entre $ 761 y $ 1.600.

¿Es obligatorio tener el sticker? Lo ideal es contar con el sticker en el parabrisas del vehículo o de lo contrario un certificado que documente que se cuenta con la cobertura del SOA. Si no se tienen estos dos elementos, la persona podrá presentar ante las autoridades que hagan el control su póliza de seguro. Los clientes del BSE, deberán concurrir a los locales de cobranzas o las agencias del BSE con el número de póliza del seguro y la libreta de propiedad del vehículo para retirar su sticker. En tanto, algunas compañías privadas están enviando el distintivo a sus usuarios, mientras que otras sugieren que se retire en sus propias oficinas comerciales.

¿Cómo se indemniza en aquellos casos en que el vehículo no tiene contratado el SOA? En caso de que se produzca un accidente y el vehículo no cuente con la cobertura del SOA, a partir del sexto mes y durante los primeros dos años de vigencia de la ley los casos serán atendidos con recursos del Fondo de Indemnización de Coberturas Especiales que es fondeado en partes diferentes por las aseguradoras y el gobierno. En los casos en que los vehículos crucen la frontera y cuenten con el SOA, según fuentes del sector, la póliza regirá para los países de la región.


 

CARTERAS DE LOS BANCOS LIQUIDADOS PASAN AL BROU: El directorio del Banco Central (BCU) resolvió adjudicar al BROU la gestión de los activos de los bancos liquidados en la crisis de 2002 (Comercial, Montevideo, Caja Obrera y De Crédito). El BROU fue el único que presentó una oferta para gestionar esos activos en el llamado a licitación que hizo el BCU. Ahora el Fondo de Recuperación del Patrimonio Bancario (FRPB) deberá pasar al BROU la administración de esos activos. El BCU se apresta a cerrar el FRPB una vez que transfiera los activos. El BROU ya tiene decidido que creará un fideicomiso con esas carteras de crédito y los cederá a República AFISA que los gestionará. El BROU ofertó prácticamente el precio base del llamado, estipulado en US$ 19 millones. República AFISA tiene ya una estructura armada de recupero desde 2003 y 2004, cuando se hizo cargo de las carteras de más difícil cobro del BROU a través de varios fideicomisos.

Los activos de los bancos liquidados fueron gestionados por Thesis hasta septiembre del año pasado cuando el Central declaró desierta una licitación -a la que se había presentado Thesis y la firma Carval- y los asumió el FRPB. Tras ello, Thesis inició varios recursos contra el BCU y un arbitraje ante un órgano del Banco Mundial. Este año, el BCU y Thesis alcanzaron un acuerdo por el que el Central le pagó US$ 2,1 millones y la firma desistió de los reclamos.


 

DGI INFORMO A COMUNAS QUE DEBERAN PAGAR IRPF POR SUMAS QUE NO ESTAN SUJETAS A RENDICIONES DE CUENTAS: La DGI comunicó a las 19 juntas departamentales que las partidas fijas que reciben los ediles y que no están sujetas a rendiciones de cuentas, deben tributar el IRPF, como los vales de nafta. En febrero, el Tribunal de Cuentas había denunciado a la DGI que partidas para gastos mensuales no cumplen con el pago del IRPF. El director de la DGI, Nelson Hernández, informó que había situaciones disimiles en las juntas departamentales y que en algunas los ediles recibían remuneraciones encubiertas por las cuales deben abonar el IRPF. Si bien hay juntas que ya pagaban correctamente el IRPF, otras no lo hacían, lo que Hernández espera se regularice tras la comunicación que la DGI realizó a las 19 juntas, detallando las partidas que sí deben tributar.

Hernández señaló que el pago de IRPF depende de cómo se justifican los gastos en cada situación, y como ejemplo puso la entrega de combustible, que cuando es con rendición de cuentas no está gravada por este tributo. Si es una remuneración en vales de nafta está gravado, pero si es una entrega de vales de nafta sobre las que los ediles tienen que rendir cuentas de cómo lo usan en aplicación de actividades de la propia Junta, es un viático con rendición de cuentas.

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