lunes, 19 de octubre de 2009

Resumen de Noticias Judiciales y Legislativas de la Semana Que Paso: “DE ESTO TAMBIÉN SE HABLA”


 

Fuente: Diario El País.


 

    LEY DE CADUCIDAD. LA SCJ DICTARA RESOLUCIÓN ANTES DEL PLEBISCITO: Los ministros de la Suprema Corte acordaron pronunciarse a favor de la inconstitucionalidad de la ley de caducidad, en relación al caso que indaga la muerte de la militante comunista Nibia Sabalsagaray, quien murió en dudosas circunstancias mientras se encontraba detenida en una unidad militar en junio de 1974. Aún se mantiene en reserva si fue una decisión unánime o por mayoría. La sentencia será redactada por el ministro recientemente designado Jorge Chediak.

La acción de inconstitucionalidad fue presentada en octubre de 2008 por la fiscal penal Mirtha Guianze, que junto al juez Rolando Vomero investiga la muerte de Sabalsagaray, pero como consecuencia de la aplicación de la Ley de Caducidad, están impedidos de indagar militares por ese hecho.

A pesar de que en la Corporación se afirma que la proximidad del plebiscito que busca anular la Ley de Caducidad que se celebrará junto con las elecciones del domingo 25 no incide en la celeridad de la redacción de la sentencia. "Los tiempos se dieron y el redactor tiene la sentencia para redactar. Si puede elaborar la sentencia antes del plebiscito, se hará, si no quedará para después, porque plazo tiene", dijo el presidente de la SCJ, Jorge Larrieux.


 

CORTE ELECTORAL ATACARA CONSTITUCIONALIDAD DE LA LEY DE NEGOCIACION COLECTIVA LABORAL: La Corte Electoral resolvió promover un recurso de inconstitucionalidad ante la Suprema Corte contra la ley 18.508 de Negociación Colectiva en el marco de las relaciones laborales en el sector público, porque entiende que lesiona la independencia que le asigna la Constitución. "La ley de negociación colectiva es inconstitucional porque no contempla las características especiales de la Corte Electoral, que es un organismo multipartidario y colegiado, lo que no es contemplado en la ley 18.508", afirmó el ministro Edgardo Martínez Zimarioff.

La medida fue tomada luego que el MTSS convocó a la corporación para alcanzar un acuerdo con sus funcionarios sobre el fuero sindical el día 13 de septiembre. Desde el sindicato de funcionarios se afirmó que evalúan presentar una denuncia a nivel de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) si no se constituye un ámbito de negociación colectiva como reclaman los trabajadores. Asimismo tienen resuelto por asamblea que si la Corte no se presenta ante la DINATRA como fue solicitado por el propio MTSS, el día de la elección denunciarán la situación ante los observadores internacionales. También utilizarán altoparlantes en los lugares de votación y convocarán a una conferencia de prensa.


 

COFE PRESENTO DEMANDA CONTRA EL ESTADO: La Confederación de Organizaciones de Funcionarios del Estado (COFE) presentó el pasado jueves demanda, que cuenta con una adhesión de 7 mil trabajadores, contra el Estado por incumplimiento del convenio salarial suscrito el 11 de abril del año pasado.

Se optó por la presentación de la demanda luego de que fallaran los ámbitos de negociación. Ese convenio estableció que los trabajadores debían alcanzar una recuperación del 17% del salario perdido en la administración anterior. Los funcionarios recibieron en enero pasado un aumento del 7,12% a lo que se sumó un ajuste adicional del 2%. Sin embargo, COFE reclama un 2% más para no sufrir una pérdida salarial. El gobierno aduce que el compromiso asumido supone completar un 19,5% de recuperación en enero del año próximo.


 

LEY DE PATENTES. INTENDENCIAS ANUNCIAN ACCION DE INCONSTITUCIONALIDAD CONTRA LA NORMA: Las intendencias de Colonia, Flores y San José anunciaron la presentación del recurso de inconstitucionalidad contra la ley de patentes. Si el fallo es favorable, entienden que protegerá a los automovilistas que empadronen en esos departamentos. El abogado Daniel Hugo Martins es el promotor de las impugnaciones y considera que la ley de patentes impulsada por el gobierno el 26 de diciembre del año pasado, vulnera la autonomía municipal y por ende es inconstitucional. "El impuesto a los vehículos es un tributo exclusivo de los gobiernos departamentales", por lo cual se trata de un tema que el Parlamento no debió haber legislado.

Mientras tanto, el Presidente del Congreso de Intendentes, Omar Lafluf (Río Negro) recordó que la ley de patentes fue aprobada por unanimidad en el Congreso de Intendentes. Es decir, fue respaldada por Flores, Colonia y San José. También señaló que los 19 intendentes llegaron a un acuerdo en el 2007 para que, a partir de enero del 2008, se aplicara la misma alícuota para empadronar los autos cero kilómetros en todo el país. "Se puso esa fecha para que Colonia se quedara con todos los autos que había matriculado antes. Pero Flores y Colonia no respetaron el acuerdo".


 

CASO HOSPITAL MACIEL, SOBREFACTURACIÓN CLANIDER S.A. PROSIGUEN INVESTIGACIONES: El presidente del Directorio de ASSE, Félix González y el contador Gastón Carámbula -que asumió interinamente la administración del Hospital Maciel luego de la separación del cargo de Lucía Zagía-, declararon el pasado miércoles ante la Juez Graciela Gatti y la fiscal Ferrero, en el marco de la causa que indaga la sobrefacturación de la empresa Clanider S.A., responsable de la limpieza del centro asistencial.

Además de los dos jerarcas, también declararon dos empleados administrativos del Hospital encargados del contralor de las horas facturadas por Clanider S.A., y las efectivamente cumplidas.

Asimismo trascendió la semana pasada que ASSE presentó denuncia penal contra la ex administradora Lucía Zagía por destrucción de documentos. Fuentes del organismo aseguran que la funcionaria ya tiene "la suerte echada", pero se aguardará por los resultados del sumario administrativo. Recordemos quela auditoría del Tribunal de Cuentas sobre las irregularidades en el Hospital, comprobaron no sólo la sobrefacturación de la empresa Clanider, sino también que la ex administradora, Lucía Zagía, había ordenado la destrucción de documentos con contratos de los años 2005 y 2006.

Según publicó el semanario Búsqueda, ASSE resolvió radicar la denuncia ante la Justicia. La misma fue presentada formalmente el lunes 5 de octubre y fue ratificada el miércoles 14 ante la jueza Graciela Gatti, dentro del marco de la investigación que se lleva adelante por esta causa.


 

SE APROBO PROYECTO DE LEY DE CAMBIO DE NOMBRE Y DE SEXO: En sesión extraordinaria y por unanimidad, el Senado aprobó la ley de cambio de nombre y sexo, que permitirá a travestis y transexuales mayores de edad modificar su partida de nacimiento, sin necesidad de operaciones para reasignación de sexo. El proyecto contiene un artículo que indica que "no modifica el régimen matrimonial vigente", por lo cual no podrán casarse dos personas del mismo sexo biológico.

A los efectos de presentar la demanda, el interesado debe presentar un informe técnico de un equipo de la Dirección General del Registro de Estado Civil especializado en identidad de género y diversidad. Toda persona podrá solicitar la adecuación de la mención registral de su nombre, sexo, o ambos, cuando los mismos no coincidan con su identidad de género". Esta "disonancia" debe ser "estable y persistente" durante al menos dos años para realizar el trámite ante un juez de Familia.

La ley establece que se hará una enmienda en la partida de nacimiento de la persona que realiza el trámite, y anotándose el nuevo nombre y género al margen. Una vez realizado el trámite, no se podrá volver atrás hasta cinco años después.

Hasta ahora, varias personas habían iniciado el trámite judicial de "cambio de nombre estético", juicio que habilitaba el cambio de nombre en la Cédula de Identidad y el Pasaporte, pero que no modificaba el género en la partida de nacimiento. La persona debe presentar pruebas y llevar testigos que confirmen que es conocida por un determinado nombre, diferente al que consta en su partida de nacimiento y en su cédula de identidad, y que este nombre se adecua a su realidad psicológica y social. Si la sentencia es positiva, la persona puede sacar la cédula nuevamente y, en la parte de observaciones, dirá "por información ad perpetuam". Sin embargo, cuando entre en vigencia la nueva ley, no será necesario hacer esta demanda, ya que se podrá hacer un trámite más sencillo que incluirá el cambio de género.


 


 

ADVERTENCIA E INVESTIGACIONES DE LA CORTE ELECTORAL POR EL PLEBISCITO DE LAS PROXIMAS ELECCIONES NACIONALES: La Corte Electoral analizó la situación generada tras denuncias verbales de aparición de papeletas falsas con la inscripción de "NO" para participar el próximo domingo 25, tanto en el plebiscito de la Ley de Caducidad como en la consulta en relación a la habilitación del voto epistolar. Si bien el organismo no recibió papeletas falsas ni sabe su origen, emitió una declaración en la que alertó sobre el hecho, en virtud de que en un plebiscito no existe el voto por el "NO" y si se incorpora la papeleta al voto lo anula por ser un "cuerpo extraño" en el sobre.

Sin embargo la Corte mencionó un antecedente similar en que los votos fueron considerados válidos, porque se estimó que las personas fueron engañadas en su buena fe. En el plebiscito de la reforma constitucional de 1996, donde se aprobó la modificación del sistema electoral y se introdujeron las elecciones internas y el balotaje, el Partido Colorado denunció que se habían mezclado hojas falsas entre las hojas originales por el SÍ a la reforma. Estas papeletas falsas decían SÍ en letras grandes, y luego, en caracteres pequeños, en lugar de decir "a la reforma constitucional" decía "a la legalización de la marihuana". En esa ocasión, la mayoría de los ministros de la Corte consideraron que la gente había sido engañada en su buena fe, y dio como válidos los votos.

Si llegaran a existir votos con papeletas falsas, el primer reclamo debe hacerse ante la Comisión Receptora de votos. Luego el tema se presenta en la Junta Electoral correspondiente, y en última instancia, la apelación podría llegar a la Corte Electoral.

La Corte Electoral pidió que le acercaran dichas hojas. Si comprueban su existencia, los responsables podrán enfrentar sanciones penales que van desde los 6 meses hasta un año de cárcel por delito electoral, con la posibilidad de privación de derechos laborales durante dos años en caso de ser funcionario público.


 

COMENZARON A APLICARSE CONTROLES POR EL MEF PARA EVITAR APLICACIÓN TASAS USURARIAS EN COMERCIOS: Desde este mes, las empresas de bienes y servicios que otorguen financiamiento a sus clientes y no estén controladas por el BCU deberán registrarse ante el Ministerio de Economía (MEF), el cual pretende obtener información periódica con el fin de verificar que no se cobren tasas usurarias por los créditos.

Este es el último paso de la puesta en práctica de la ley 18.212 de usura aprobada en diciembre de 2007 que pretende controlar que los comercios que otorgan financiamiento a sus clientes no cobren tasas de interés por encima del tope de usura establecido por el BCU, tanto para créditos a empresas como a familias en moneda nacional (ajustable o no), como en dólares.

Para ello, dentro del Área de Defensa del Consumidor se creó un registro de empresas comerciales o de servicios que financian la venta de sus propios bienes o servicios, esto es, firmas con "crédito de la casa". El área, a partir de un decreto de julio de 2009, está encargada de controlar las tasas de interés implícitas en los préstamos otorgados por empresas no controladas por el Banco Central. Este es el caso de varias firmas del sector agropecuario y de venta de electrodomésticos.

A partir de ahora, las empresas tendrán que informar sobre "las tasas de interés implícitas pactadas en las operaciones crediticias que hubieren otorgado".

Las empresas que deben inscribirse son aquellas que cuentan con al menos diez trabajadores dependientes (comprendiendo tanto al personal ocupado como a sus titulares y/o socios por los que se hagan aportes al BPS), las que tengan ventas anuales excluyendo el IVA que superen los 5 millones de UI (actualmente unos $ 9,9 millones), y aquellas que financien por sí mismas las ventas de sus propios bienes o servicios en el marco de relaciones de consumo.

No hay comentarios:

Publicar un comentario