lunes, 29 de junio de 2009

Resumen de Noticias Judiciales y Legislativas de la Semana Que Paso: “DE ESTO TAMBIÉN SE HABLA”


CASO CUDIM, CONTINUAN LAS DECLARACIONES:
La Dra. Gatti comenzó esta semana a tomar declaraciones en el marco de la investigación por presuntas irregularidades en la licitación para la compra de dos tomógrafos PET para el Centro de Uruguayo de Imagenología Molecular (Cudim). En la semana declararon representantes de la empresa Conatel (representante de Siemens en nuestro país), el Director y el coordinador del Cudim, médicos e investigadores del Cudim (los cuales asesoraron para la compra de los equipos). Según el Cudim, Conatel ejerció presiones sobre Dibarboure y la senadora del MPP Lucía Topolansky para que se le adjudicara la compra. La semana anterior el MSP presentó a la jueza la investigación administrativa realizada, que concluyó que el proceso estuvo ajustado no violó las disposiciones administrativas vigentes. En la audiencia de la semana pasada, la Jueza Gatti interrogó a Elbio Strauch y Pablo Braga, representantes de Conatel, sobre cómo la empresa tuvo acceso a una serie de correos electrónicos internos del Cudim, los cuales presentó como prueba para fundamentar la existencia de posibles hechos irregulares. Los responsables de la firma indicaron que la copia de los e-mails les fue remitida en forma anónima en un sobre, aunque no pudieron dar mayores detalles en cuanto a quién lo recibió ni la fecha. Las audiencias continuarán después de que culmine la feria judicial menor, a mediados del mes de julio.


CASO EDWARD YERN Y JOSE LUIS SUMASI: El Juez Penal Eduardo Pereyra desestimó el pedido de libertad provisional presentado por Edward Yern y José Luis Sumasi, quienes fueran procesados el año pasados por financiar narcotráfico. El fiscal del caso, que había habilitado la excarcelación, cambió su posición. Recordemos que Yern, ex gerente de la empresa Tenfield, y Sumasi, contratista deportivo, fueron detenidos en mayo de 2008 en el marco de la operación "Cancerbero dos", por aportar dinero para comprar 319 kilos de cocaína de iban a ser distribuidos en Uruguay. Los abogados Víctor Della Valle y Alejandro Balbi, defensores de Yern, evaluarán los pasos a seguir durante la Feria Judicial menor, que comienza el próximo miércoles, analizando la posibilidad de apelar la decisión del juez, pero también considerarán la opción de presentar una queja ante la Fiscalía de Corte a raíz de la actitud del fiscal. En tanto, el abogado Jorge Barrera, defensor de Sumasi, considera la posibilidad de pedir una entrevista al Colegio de Abogados para analizar el cambio de posición de Fernández Dovat, la cual tuvo lugar tras las críticas lanzadas por el gobierno contra su decisión.



INGRESA AL PARLAMENTO LEY DE AGENTE DE INMUEBLES: El Ministro de Turismo, Héctor Lescano, anunció el pasado lunes el proyecto de ley que apunta a la regulación profesional de los corredores inmobiliarios. Destacó la importancia de regular esta actividad, ya que se trata de una ocupación muy importante dentro de la cadena productiva de servicios del país, especialmente en las épocas turísticas. El gobierno apunta a jerarquizar esa tarea, combatiendo también la informalidad que existe en el sector, especialmente durante la temporada en las zonas turísticas. El proyecto de ley ya fue firmado por el presidente Tabaré Vázquez, en el Consejo de Ministros del lunes y ahora se espera que sea remitido al Parlamento para su tratamiento.


PRESIDENCIA FIRMO DECRETO POR EL CUAL SE ADOPTAN MEDIDAS PARA LA PROTECCIÓN DE LAS PERSONAS INTERVINIENTES EN ASUNTOS VINCULADOS AL NARCOTRAFICO: A raíz de una serie de amenazas detectadas en el último tiempo contra jueces, policías y fiscales, por grupos de narcos del exterior, el Ejecutivo dispuso varias medidas que apuntan a mejorar su seguridad. El decreto apunta a que "quienes están en la lucha contra el crimen organizado, tengan mecanismos para resguardar su seguridad personal", según el Secretario General de la Junta Nacional de Drogas (JND) Milton Romani. El Decreto prevé que en los casos donde exista una amenaza, la persona afectada puede preservar su identidad. Se pretende que los medios de comunicación no difundan información ni imágenes que permitan identificar a los investigadores ni a los funcionarios de los juzgados o las fiscalías. Incluso, se prevé que en caso de que exista una amenaza concreta, el involucrado, con la asistencia del gobierno, pueda cambiar su domicilio junto a los integrantes de su familia. Asimismo se pretende que ninguno de los actores que puedan ser objeto de atentados o actos intimidatorios figure en la guía telefónica. Según trascendió extraoficialmente, en el correr del año en curso se registró al menos una amenaza a un policía de la Brigada, episodio que todavía está siendo investigado junto a otros casos que tuvieron lugar el año pasado, siendo los responsables, presuntamente, integrantes de organizaciones internacionales de narcotraficantes considerados como "gente pesada".


POR CONTAMINACION, LA JUSTICIA INTIMARA AL MVOTMA Y A LA COMUNA CAPITALINA:
La Justicia intimará al Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente así como a la Intendencia de Montevideo por la contaminación de los arroyos Pantanoso, Miguelete y Carrasco. Para el fiscal del caso, Dr. Enrique Viana, ambos tienen responsabilidad por el estado de estos cauces de agua. Los principales arroyos de la ciudad de Montevideo, Pantanoso, Miguelete y Carrasco, "continúan padeciendo una grave contaminación de sus aguas". Esta degradación ambiental, "en lugar de revertirse, se ha ido consolidando", dice el documento, pese a algunas acciones que se han realizado desde el Ministerio de Medio Ambiente y la Intendencia sobre estos cauces de agua y sus zonas de influencia. La solicitud del fiscal fue aceptada por la jueza Ana María Bello, quien el 10 de junio ordenó el envío de los correspondientes cedulones "con plazo de 20 días y bajo apercibimiento" a ambos organismos. El fiscal, en su pedido de informe, recuerda que la Administración Pública está obligada a actuar de oficio frente a estos casos, y sin embargo "en una peculiar forma de actuación", el director de la Dirección Nacional de Aguas y Saneamiento del Ministerio (Dinasa), José Luis Genta, expresó recientemente ante el Parlamento que sólo lo hará a instancia o interés de parte. Viana recuerda que a partir de la reforma constitucional de 2004, la política nacional de aguas "debe estar basada en el ordenamiento del territorio, la conservación y protección del Medio Ambiente, la restauración de la naturaleza y en una gestión sustentable". La ley consigna, además, que "es deber fundamental del Estado y de las entidades públicas en general, proteger el ambiente". Y si éste fuera deteriorado, "recuperarlo o exigir que sea recuperado".


EL SINDICATO DEL INAU DENUNCIO POR DIFAMACIÓN A LA MINISTRA DE DESARROLLO SOCIAL: El Sindicato de funcionarios del INAU presento la semana pasada una denuncia penal por la presunta comisión del delito de difamación e injurias cometido a través de los medios de comunicación, contra la ministra de Desarrollo Social, Marina Arismendi, a causa de las declaraciones de ésta última, atribuyéndole a los trabajadores una conducta reprobable vinculada a la actividad gremial" con "intención de agraviar" al gremio. En declaraciones públicas la Ministra de Estado sugirió la existencia de una eventual relación de los motines en la Colonia Berro y las medidas del sindicato del organismo. El secretario general del gremio, Carlos Salaberry, expresó que la denuncia penal se debe a las acusaciones de que los funcionarios eran responsables de los motines sucedidos en las últimas semanas.


CASO CASINOS MUNICIPALES, JUEZA HIZO LUGAR A LA SOLICITUD DE CAREO ENTRE ARANA Y MUÑOZ:
La jueza penal Dra. Fanny Canessa aceptó diligenciar todas las pruebas solicitadas por el fiscal Diego Pérez, entre las cuales, está el careo entre Mariano Arana y María Julia Muñoz. El careo fue pedido por el fiscal con la finalidad de aclarar varias contradicciones en los testimonios que ambos brindaron en marzo. Arana había declarado dijo que conocía el déficit y de los casinos, mientras que la actual Ministra de Salud, Muñoz, afirmo que las máximas jerarquías municipales no tenían información al respecto ya que la temática era manejada exclusivamente por el director del área, Juan Carlos Bengoa. Por los fueros con los que cuentan Arana y Muñoz, se prevé la posibilidad de que declaren mediante exhorto, en cuyo caso, la jueza les enviaría un cuestionario escrito para luego analizar las respuestas brindadas. Otra prueba solicitada por la fiscalía, y a la cual hizo lugar la Juez, es la citación del ex secretario privado de Arana, Mario Areán, a quien Bengoa acusó de haber participado en la negociación de la apertura de la sala de juego del Hotel Oceanía, a pedido expreso del entonces jefe comunal, así como otros casi 60 jerarcas y ex jerarcas de la comuna.


SE ARCHIVARA CAUSA POR DEFRAUDACION TRIBUTARIA INICIADA POR DGI CONTRA FRANCISCO CASAL: La fiscal Dora Domenech, pidió al juez penal Carlos García el archivo de la denuncia por "defraudación tributaria" presentado por la DGI en 2008 contra el empresario Francisco Casal y varios integrantes del grupo empresarial. La Fiscal del caso consideró que por más que pueda existir una deuda con el organismo recaudador, no hubo intención de implementar una maniobra evasiva para no tributar IRIC, quien al momento de su pronunciamiento tomó en cuenta las diversas consultas presentadas por la defensa de Casal donde especialistas en Derecho Penal como Gonzalo Fernández y la renombrada tributarista Dra. Addy Mazz, señalaron que no existió defraudación de parte del empresario.


POR TASA DE CONTRALOR DE HIGIENE AMBIENTAL, 20 HOTELES DEMANDAN A LA COMUNA FERNANDINA POR $ 3,5 MILLONES: La semana pasada se celebró la audiencia preliminar en la que 20 Hoteles de Punta del Este demandan a la Intendencia de Maldonado por el reintegro de las sumas abonadas ilegítimamente en concepto de tasa de contralor de higiene ambiental. Previo a promover la demanda los hoteles habían obtenido un dictamen favorable de la Suprema Corte de Justicia por el cual se declaraban inconstitucionales los arts. 22 y 23 del Decreto Departamental 3600. Esta resolución motivo que los hoteleros iniciaran la demanda exigiendo el reintegro de las sumas abonadas en los años 2005 a 2008. El pago de tributos inconstitucionales puede ser repetido debido a la naturaleza declarativa de la sentencia de inconstitucionalidad dictada por la SCJ.


PUESTA EN MARCHA DEL "SIGA" PARA LAS MIPYMES: La Corporación Nacional para el Desarrollo (CND) firmo con nueve instituciones bancarias y tres cooperativas de crédito el contrato de adhesión para la puesta en marcha del Sistema Nacional de Garantías (SIGA). Se capacitará a los funcionarios de las instituciones que se adhirieron al convenio a los efectos de conocer el mecanismo y funcionamiento de un software especial diseñado para éste plan, en el cual la CND puede cubrir hasta un 70% de la garantía del préstamo. El lanzamiento oficial del SIGA será el próximo 22 de julio, fecha en la cual ya estará definido el cupo de dinero que otorgará a cada institución financiera para que comience a operar a través del SIGA. Para ello, la CND hará una licitación entre las instituciones que firmaron el contrato de adhesión por un monto de dinero que tendrá una vigencia de cuatro meses, luego del cual se volverá a realizar un nuevo llamado licitatorio por el mismo lapso.


LA COMISION DE PROMOCIÓN Y DEFENSA DE LA COMPETENCIA INVESTIGA DENUNCIAS POR PRÁCTICAS ANTICOMPETITIVAS: La Comisión de Promoción y Defensa de la Competencia (órgano desconcentrado del MEF) viene estudiando alrededor de 10 denuncias presentadas por prácticas anticompetitivas, que incluyen entre otros, casos de colusión, donde particulares que se ponen de acuerdo para presentarse con el mismo precio a licitaciones del Estado a los efectos de repartirse el mercado. Otras denuncias son "contra empresas manufactureras por abuso de posición dominante en sus mercados". También hay denuncias contra asociaciones profesionales de médicos por parte de asociaciones de consumidores. Las investigaciones pueden derivar en que no se encuentren méritos para sancionar o en apercibimientos o multas. En estos últimos casos además, se obliga a la empresa a terminar la práctica anti competitiva. Las multas -expresadas en UI- van desde unos US$ 8.000 a US$ 1,6 millones. Pero la cantidad máxima es flexible ya que va a ser la mayor entre US$ 1,6 millones, el 10% de la facturación anual del infractor o el equivalente a tres veces el perjuicio.


SE INVESTIGAN PAGOS IRREGULARES A FUNCIONARIOS DEL MGAP: La Policía investiga presuntos pagos irregulares a funcionarios de la División Industria Animal del MGAP que se ocupan de analizar el proceso de faena en los frigoríficos. Se estima que podrían ser unas 18 personas las involucradas. El caso fue denunciado esta semana ante las autoridades de la Jefatura de Canelones por el ministro Ernesto Agazzi, quien remitió a la Policía una serie de comprobantes sobre "posibles cobros indebidos". El titular del Ministerio de Ganadería expresó su preocupación, ya que el "status sanitario" de Uruguay a nivel internacional depende de los controles que realizan los funcionarios del MGAP. De acuerdo con un decreto vigente desde el año 1987, los frigoríficos deben hacerse cargo del traslado o pagar viáticos a los funcionarios técnicos del Ministerio de Ganadería que se ocupan de auditar la calidad de los procesos de faena haciéndose presentes en las propias plantas industriales. En este caso, que involucra a unos 18 funcionarios, las dudas surgen debido a la existencia de onerosos pagos por concepto de viáticos. Se estudia la posibilidad de que los pagos se realizaran por parte de los frigoríficos para que los técnicos del MGAP omitieran partes de los controles o no fueran estrictos en la revisión del proceso de ingreso de los animales en pie a planta, la faena y el análisis de los cortes de carne antes de ser distribuidos. Por ejemplo, uno de los hechos que más llamó la atención de los investigadores policiales de la Jefatura de Canelones, es que se logró constatar que al menos uno de los funcionarios del MGAP, por concepto de viáticos cobró una suma cercana a los $ 14.000 por semana, siendo que el pasaje para trasladarse a realizar los controles cuesta de ida y vuelta solamente $ 34.


EL TRIBUNAL DE CUENTAS OBSERVO GESTION DE LAS INTENDENCIAS DE MONTEVIDEO Y CANELONES: El Tribunal de Cuentas cuestionó gastos y procedimientos de la intendencia de Canelones la cual emitió gastos por US$ 5 millones sin facturas o documentación, así como de la comuna capital la cual violó normas de una licitación. Canelones posee adelantos sin rendir cuentas por US$ 120.000, de los cuales US$ 78.000 presentan "una antigüedad superior" a la establecida por la normativa vigente. La comuna canaria emitió gastos por US$ 5.050.000 que carecen de datos como número de factura o número de expediente a los que corresponden los pagos que se realizan, lo cual dificulta el control de los procedimientos efectuados y el seguimiento de los mismos. Según la resolución del TCR, esos gastos fueron emitidos desde hace cuatro años hasta el 2009. Además, se constató que 26 funcionarios retiraron fondos de la caja municipal y aún no los justificaron. Según el Tribunal de Cuentas, la Intendencia de Canelones "deberá contabilizar" los comprobantes pendientes de descargo, así como "subsanar las situaciones irregulares" de adelantos a rendir cuentas que se encuentran vencidos. Por todas estas situaciones, el Tribunal de Cuentas señala que el intendente, Carámbula, deberá iniciar una investigación administrativa en Tesorería.

Respecto de la Intendencia de Montevideo, el Tribunal de Cuentas cuestionó los procedimientos administrativos en la contratación de un servicio de mantenimiento de los slots de los Casinos Municipales. En junio del año pasado, la Gerencia de los Casinos municipales adjudicó la licitación a la cooperativa Tecnoslots. En marzo de este año, cuando finalizó la licitación, el Servicio de Compras de la IMM recomendó la prórroga de la licitación por tres meses a partir del 1° de febrero de este año por un monto de US$ 85.000. Poco después, el secretario General de la comuna capitalina, Alejandro Zavala autorizó la prorroga. Los cuestionamientos del TCR a este negocio son varios: la extensión de la licitación, sumada al contrato originalmente celebrado, "supera" el monto de la licitación abreviada y que lo que debió convocar la Intendencia fue una licitación pública; el contrato se ejecutó antes de que interviniera el Tribunal de Cuentas y la comuna de Montevideo violó el pliego porque prorrogó el plazo de la misma "sin contar" con la anuencia de la empresa contratada.


DENUNCIA MILLONARIA CONTRA EL HOTEL MANTRA POR PRESUNTA INFRACCION ADUANERA: Tres funcionarios aduaneros presentaron el jueves pasado una denuncia judicial por una presunta infracción aduanera de la empresa Vidaplan S.A. (Hotel Mantra). Se trata del vencimiento de 70 expedientes de admisiones temporarias de mercaderías iniciadas en el 2003. El monto de la liquidación en caso de que la Justicia de Aduanas le otorgue la razón a los demandantes es de unos US$ 6.000.000. Según los denunciantes, la Sociedad utilizó ese régimen para equipar el hotel. En la denuncia se expresa que el decreto 500 establece que toda autoridad tiene un plazo de 120 días para expedirse sobre un acto administrativo y que entenderá por desechada la petición (en el caso, solicitud de admisión temporaria de mercaderías) si esa autoridad no resuelve en el plazo mencionado. Los denunciantes alegan que presentaron la denuncia ante la "inacción" de la Aduana durante tantos años.


JUSTICIA DESESTIMO DEMANDA DE LOS HERMANOS ROHM POR CAPITALIZACIÓN DEL EX BANCO COMERCIAL: La Juez de Concursos, Teresita Rodríguez Mascardi, desestimó una demanda por US$ 100 millones presentado por los hermanos José y Carlos Rohm (propietarios de San Luis Financial, accionista del ex Banco Comercial), los que reclamaban una indemnización al ex Banco Comercial y a sus directores extranjeros, al considerar que se vieron perjudicados en sus derechos como accionistas de la institución cuando, en 2002, estos y el Estado capitalizaron el banco. En la demanda figuraban como actores también los acreedores de la Compañía General de Negocios (CGN), que era un banco administrado por los Rohm y que tenía vínculos con el Banco Comercial. Cuando a comienzos de 2002 se descubrió el fraude de los hermanos Rohm, el gobierno y los ex accionistas del BC (Chemical Overseas Holdings Inc., Credit Suisse First Boston y Dresdner Bank Lateinamerika AG) acordaron capitalizar la institución, que finalmente terminó siendo liquidada. Ese hecho, según alegó San Luis Financial en la demanda, buscó restringir su participación en el BC, porque impidió a la compañía la posibilidad de ejercer el derecho de preferencia para adquirir nuevas acciones provenientes de la capitalización. Por otro lado, los hermanos Rohm cuestionaron la decisión del BCU que dispuso que no podrán ser titulares de acciones bancarias en nuestro país. La Jueza fundamento su fallo en el hecho de que la asamblea de accionistas del BC en la que se resolvió la recapitalización de la institución, contó con la presencia del interventor judicial designado, por lo cual el procedimiento se realizó con total legalidad. Agrega que tampoco se pudo verificar la "violación del derecho de preferencia y ni que las acciones que correspondían a San Luis se hubieran emitido a favor de un tercero".

NORMAS DE INTERES PUBLICADAS EN EL DIARIO OFICIAL (SEMANA DEL 22 AL 26 DE JUNIO DE 2009).


LEY 18.496 APRUEBA CONVENIO SUSCRITO ENTRE VENEZUELA Y URUGUAY RELATIVO A TELESUR:
Publicada en el Diario Oficial el 23 de junio, (Nº 27.756) por la cual se aprueba el Convenio entre la República Oriental del Uruguay y la República Bolivariana de Venezuela relativo a la Nueva Televisión del Sur, suscrito en nuestro país el 2 de marzo de 2005.

Por el mismo nuestro país, por intermedio del MEC, suscribirá hasta el 10% del capital accionario inicial de U$S 2,5 millones de TELESUR, brindando en contraprestación, los siguientes servicios:

  1. Aporte de 20 horas mensuales de producción de contenidos uruguayos, generados en la producción estatal, independiente, universitaria o comunitaria,
  2. Colaboración, en forma permanente, de recursos humanos para Telesur
  3. Establecer comunicación a través de enlace satelital con Venezuela para la emisión en directo de segmentos de noticias,
  4. Financiamiento de la corresponsalía de Telesur en nuestro país, su sede, su infraestructura y personal, cuya selección será propuesta por el MEC,
  5. Promover la distribución de la señal satelital de Telesur en nuestro país, por los sistemas de televisión abierta, de cable, regional, alternativa y comunitaria.

La integración del total de capital queda a cargo del gobierno de Venezuela.

Se establece que las partes constituirán una comisión mixta para el seguimiento del convenio, integrada por 2 representantes de cada Gobierno y uno de Telesur.

Si surgieran controversias entre las partes, las mismas serán resueltas mediante negociaciones directas entre las partes por la vía Diplomática.

El Convenio entró en vigencia el 2 de marzo de 2005 y tiene una vigencia de 5 años, prorrogables automáticamente por períodos idénticos, a menos que una de las partes notifique a la otra, por escrito y por la vía diplomática, por lo menos 6 meses antes del vencimiento, su intención de darlo por terminado. La terminación surtirá efecto a los 6 meses, contados a partir de la fecha en que la otra Parte haya sido notificada y se establece expresamente que la terminación no afectará la conclusión de los proyectos y programas formalizados durante su vigencia o aquellos que se encuentren en ejecución.


DECRETO 281/009 RELATIVO A LAS ALÍCUOTAS DEL IMPUESTO A LOS INGRESOS DE LAS ENTIDADES ASEGURADORAS: Publicado en el Diario Oficial el 23 de junio (Nº 27.756): Por el cual se sustituye el artículo 2º del Decreto 49/001, por el cual se establecen las nuevas tasas del Impuesto a los Ingresos de las Entidades Aseguradoras, en los siguientes porcentajes:

Para seguros o reaseguros generales:

  1. Incendio 7%
  2. Vehículos automotores o remolcados 7%
  3. Robo y riesgos similares 5%
  4. Responsabilidad Civil 5%
  5. Caución 0%
  6. Transporte 0%
  7. Marítimos 0%
  8. Otros 5%

Para seguros o reaseguros de vida:

  1. Vida 0%
  2. Otros 0%

Estas tasas se aplicarán a las pólizas de seguros emitidas y a las renovaciones celebradas a partir del 1º de mayo de 2009. Las compensaciones de las afectaciones del tributo originadas en los abatimientos de las alícuotas establecidas en el Decreto, serán compensadas al organismo beneficiario con cargo a Rentas Generales de acuerdo al procedimiento del art. 100 de la ley 18.083.


DECRETO 282/009 VALOR URA Y UR MAYO 2009: Publicado en el Diario Oficial el 23 de junio (Nº 27.756): Por el cual se fija el valor de la UR en $ 419,04 y de la URA 417,19 correspondiente al mes de mayo de 2009.


DECRETO 283/009 POR EL CUAL SE SUSTITUYE EL ART. 1 DEL DTO 135/009, RELATIVO A EMISORES DE ESTADOS CONTABLES DE MENOR IMPORTANCIA RELATIVA:
Publicado en el Diario Oficial el 23 de junio (Nº 27.756): Por el cual se sustituye el artículo 1º del Decreto 135/009 del 19 de marzo, el cual quedará redactado:

Se entenderá que constituyen emisores de estados contables de menor importancia relativa, aquellas entidades que cumplan con todas y cada una de las siguientes condiciones:

  1. No sean emisores de valores de oferta pública,
  2. Sus activos o ingresos operativos netos anuales no cumplan los requerimientos que determinan la obligación de registrar los estados contables ante el Registro de Estados Contables
  3. Su endeudamiento total con entidades controladas por el BCU, en cualquier momento del ejercicio, no exceda al 5% de la Responsabilidad Patrimonial Básica para Bancos.
  4. No sean sociedades con participación estatal
  5. No sean controlante de, o controladas por, entidades comprendidas en los numerales anteriores.


DECRETO 287/009 ADVERTENCIAS SANITARIAS EN LOS ENVASES DE PRODUCTOS DE TABACO: Publicado en el Diario Oficial el 25 de junio (Nº 27.758): Por el cual se fijan los requisitos que deben cumplir las advertencias sanitarias utilizadas en los envases de productos de tabaco.

Por el artículo 9º de la ley 18.256 se establecía que las advertencias y mensajes deberán ser aprobados por el MSP, serán claros, visibles, legibles y ocuparán por lo menos el 50% de la superficie total principal expuesta.

Por el Decreto 287 se establece que las advertencias sanitarias a ser utilizadas en los envases de productos de tabaco, que incluyen imágenes y/o pictogramas y leyendas, deberán ocupar el 80% inferior de ambas caras principales de toda la cajilla de cigarrillos y en general en todos los paquetes y envases de productos de tabaco y en todo empaquetado y etiquetado de similar característica.

El Decreto entra en vigencia a los 180 días siguientes a su publicación, es decir, a partir del 22 de diciembre de 2009.

En caso de incumplimiento, el MSP podrá imponer las sanciones previstas en la normativa vigente en su carácter de "policía sanitaria" del Estado.


DECRETO 288/009 POR EL CUAL SE MODIFICA DECRETO 286/006 RELATIVO A LA ESTRUCTURA ORGANIZATIVA DEL MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL: Publicado en el Diario Oficial el 25 de junio (Nº 27.758): Por el cual se modifica el Decreto 286/006, por haberse constatado en los Capítulos IV (Dirección General de Secretaria) y X (Instituto Nacional de la Juventud) errores e inconsistencias respecto a las previsiones sobre puestos de trabajo contenidas en las normas legales y reglamentarias aprobadas posteriormente.

En lo relativo a la Dirección General de Secretaría del MIDES, se establece que la misma se integrará con una asesoría (de Cooperación Internacional) y seis Divisiones (Jurídico-Notarial, Recursos Humanos, Informática, Logística, Planificación Presupuestal y Financiera y de Relacionamiento con la población). De la División Recursos Humanos, dependerán dos Departamentos, el de Liquidación de Sueldos y de Administración de Desarrollo Humano). De la División Planificación Presupuestal y Financiera dependerán dos departamentos (Compras y Financiero-Contable). Del Departamento Financiero-Contable dependerá la Sección Tesorería. De la División Logística dependerán cuatro Departamentos (de Proveeduría, Locomoción y Transporte, Servicios Generales y de Mantenimiento).

En cuanto al Instituto Nacional de la Juventud, se establece que tendrá dos Divisiones (Desarrollo y Participación Social y Evolución y Diseño de Programas), sustituyéndose las restantes, por dos departamentos (de Descentralización o Coordinación de Políticas de Juventud a nivel local y Centro de Información a la Juventud).


DECRETO 284/009 FORMAS DE PAGO DEL MEDIO AGUINALDO: Publicado en el Diario Oficial el 25 de junio (Nº 27.758): Por el cual se dispone que el sueldo anual complementario a que refiere la ley 12.840 se pague en el presente ejercicio en dos etapas: el generado hasta el 31 de mayo dentro del mes de junio de 2009, y el generado desde el 1º de junio del presenta año hasta el 30 de noviembre, antes del 20 de diciembre de 2009.


DECRETO 285/009 MODIFICACIONES AL REGLAMENTO BROMATOLÓGICO NACIONAL: Publicado en el Diario Oficial el 25 de junio (Nº 27.758): Por el cual se modifica el art. 1.1.11 de la Sección 2 y el art. 1.2.16 de la Sección 2 (Características de los Alimentos- Disposiciones Generales- del Capítulo 1. Disposiciones Generales) y se deroga el Anexo 1 (Límite Máximo para Pesticidas) de la referida Sección 2, del Capítulo 1 del Decreto 315/994 (Reglamento Bromatológico Nacional).

Las modificaciones se establecen atendiendo a la necesidad de actualizar los límites máximos de residuos (LMR) y los límites máximos de residuos extraños (LMRE) de plaguicidas.

El art. 1.1.11 de la Sección 2 establece que es contaminante, cualquier sustancia indeseable que se encuentre presente en el alimento, en el momento del consumo, proveniente de las operaciones efectuadas en el cultivo de vegetales, cría de animales, tratamientos usados en medicina veterinaria o fitosanitaria, o como resultado de la contaminación del ambiente, o de los equipos de elaboración y/o conservación. Estable las definiciones de límites máximos de contaminantes en alimentos:

LMR: la concentración máxima de residuos de un plaguicida (expresada en mg/kg) que la Comisión del Codex Alimentarius recomienda se permita legalmente su uso en la superficie o la parte interna de productos alimenticios para consumo humano y de piensos.

LMRE: límite máximo para residuos extraños, se refiere a los residuos de plaguicidas o contaminantes, que derivan de fuentes ambientales (incluidos los usos agrícolas anteriores), distintos de los usos del plaguicida o de la sustancia contaminante que se encuentra directa o indirectamente en el producto básico. Es la concentración máxima de un plaguicida, que la Comisión de Codex Alimentarius recomienda permitir legalmente, o reconocer como aceptable en el interior de la superficie de un alimento, producto agrícola o pienso.

El art. 1.2.16 quedará redactado: "Los límites máximos del Codex para Residuos (LMR) y los Límites Máximos del Codex para Residuos Extraños (LMRE) de plaguicidas, serán los establecidos en el Codex Alimentarius FAO/OMS".