lunes, 31 de agosto de 2009

NORMAS DE INTERES PUBLICADAS EN EL DIARIO OFICIAL (SEMANA DEL 24 AL 28 DE AGOSTO DE 2009).


 

    LEY 18.534 EXONERACIÓN IVA INTERESES PRESTAMOS OTORGADOS POR LA CND: Publicada en el Diario Oficial el 26 de Agosto (Nº 27.801): Por la cual se agrega al numeral 2) del art. 19 del Título 10 (IVA) del T.O. 996 el literal Q, por el cual se exonera de IVA a los servicios de intereses de los préstamos otorgador por la Corporación Nacional para el Desarrollo (CND). No quedarán comprendidos en la exoneración, los intereses de los préstamos que se concedan a personas físicas que no sean contribuyentes del IRAE o del IMEBA.


 

LEY 18.531 BECAS Y PASANTIAS DE TRABAJO PARA JOVENES: Publicada en el Diario Oficial el 26 de Agosto (Nº 27.801): Por la cual se modifica el art. 12 de la Ley 16.873 (incorporación de jóvenes a empresas) estableciéndose que las becas de trabajo deberán pactarse por escrito y la duración de las mismas no podrá exceder de 9 meses, pudiendo beneficiarse de ellas los jóvenes por una única vez. En su inciso segundo (y aquí radica la modificación) se establece que tratándose de jóvenes que hayan sido o sean atendidos por el Sistema INAU, dicho plazo será de un año, con opción a un año más.


 

LEY 18.532 PROHIBICION IMPORTACION BIENES MUEBLES USADOS: Publicada en el Diario Oficial el 26 de Agosto (Nº 27.801): Por la cual se prorroga por el termino de 24 meses la prohibición dispuesta por el art. 1º de la Ley 17.887, relativa a la prohibición de importación de bienes muebles usados siguientes:

  1. Automóviles y vehículos comerciales livianos de hasta 1.500 kg de capacidad de carga
  2. Ómnibus
  3. Camiones
  4. Camiones tractores para semirremolques
  5. Chasis con o sin motor
  6. Remolques o semirremolques
  7. Carrocerías y/o cabinas
  8. Motocicletas (incluidos los ciclomotores) y velocípedos equipados con motor auxiliar, con sidecar o sin él, sidecares, así como las partes y accesorios usados de dichos vehículos


 

    DECRETO 378/009 BENEFICIOS ARANCELARIOS IMPUTABLES AL PAGO DE TRIBUTOS: Publicado en el Diario Oficial el 26 de Agosto (Nª 27.801): Por el cual se establece que las empresas que realicen exportaciones de vehículos terminados o semiterminados, ensamblados en el país, o de autopartes de origen nacional, a las cuales se le reconocen beneficios arancelarios en las exportaciones (por Dtos. 316/992 y 60/999), y que no hayan hecho uso de los mismos en el plazo de 240 días contados a partir de la fecha de la exportación, podrán imputar dichos beneficios al pago de tributos recaudados por la DGI.


 

DECRETO 379/009 EXONERACION IVA IMPORTACIÓN DE EQUIPOS RESPIRADORES: Publicado en el Diario Oficial el 26 de Agosto (Nª 27.801): Por el cual se exonera de IVA la importación de equipos respiradores que cumplan con determinadas características, realizada por parte de los prestadores de los servicios de salud.

Para poder gozar del beneficio, los equipos adquiridos deben disponer de las siguientes características: Modo de ventilación asistida controlada por volumen; modo de ventilación asistida controlada por presión; Modo de ventilación por presión soporte; Módulo de Ventilación no invasiva; Posibilidad de nivel PEEP igual o mayor a 40 cm. de H2O; es adecuado que dispongan de pantalla para registro de curvas de presión, volumen y flujo, y disponer de la posibilidad de medida de mecánica respiratoria, asegurándose un adecuado respaldo técnico y disponibilidad de repuestos.

Para tramitar la exoneración ante el MEF las instituciones deberán obtener una constancia emitida por el MSP donde se acredite que el equipo reúne las características requeridas.


 

DECRETO 382/009 AMPLIACION PLAZO PERMISO DE USO Y OCUPACIÓN ZONAS PORTUARIAS:
Publicado en el Diario Oficial el 26 de Agosto (Nª 27.801): Por el cual se modifica el art. 52 del Dto. 412/992 (reglamentario de la Ley de Puertos 16.246) en lo atinente al plazo de otorgamiento de los permisos de uso o de ocupación del dominio portuario el que se fija en 5 años, en idénticas condiciones que las ya establecidas por la citada norma.

El plazo anterior era de 3 años, habiéndose fundamentado el dictado del Decreto en las nuevas estrategias de la ANP de incrementar el uso de áreas portuarias, implicando un cambio en la captación de empresas con contratos a mediano plazo para confiar sus stocks y cambiar políticas de distribución y logística internacional.


 

DECRETO 386/009 CONCURSOS DE ASCENSO MIDES:
Publicado en el Diario Oficial el 26 de Agosto (Nª 27.801): Por el cual se reglamentan los concursos de ascenso a que refieren los arts. 8 a 12 de la Ley 16.127 para el MIDES, los cuales deberán ser realizados antes del 31 de diciembre de 2009.

Se deberá publicar con la debida antelación una publicación por un lapso de 10 días hábiles, el cual deberá contener un listado por escalafón y serie de los cargos vacantes existentes. Los ascensos se realizarán mediante concurso de oposición y méritos, cuyas bases serán establecidas por el jerarca y puestas en conocimiento de los funcionarios con un mes de antelación a la realización del concurso.

En el art. 3º del Dto. se establecen los puntajes que se adjudicarán en el concursos: oposición un máximo de 60%, experiencia un máximo de 20%, competencia un máximo de 10%, antigüedad con un máximo de 10% correspondiendo hasta un 5% la antigüedad en la función pública y hasta un 5% a la antigüedad en el desempeño del cargo.

El puntaje mínimo de aprobación será el 70% del total.

Sin perjuicio de la facultad de redistribuir personal de sus dependencias atribuida al jerarca del Inciso, el funcionario que haya accedido a un cargo por concurso de ascenso deberá desempeñarlo efectivamente por un lapso no inferior a los dos años.

Ratifíquese lo establecido en el art. 5º del Dto. 302/999 respecto a los ascensos que impliquen el desempeño de un cargo en una localidad distinta de aquella en la que preste funciones el postulante.


 

    DECRETO 389/009 TRIBUTOS A LAS EXPORTACIONES: Publicado en el Diario Oficial el 27 de Agosto (Nº 27.802): Por el cual se dejan sin efecto las tasas de devolución de tributos vigentes, aplicables a las exportaciones establecidos por la ley 16.492 y el Dto. 230/007 de los productos cuyos ítems arancelarios que se determinan en el Anexo I) del Decreto que se comenta.

    Por el artículo 2º del Decreto que se comenta, se fija por un plazo de 180 días a partir de la fecha de vigencia de éste Decreto (1/9/009), las tasas de devolución de tributos que se indican, aplicables a las exportaciones de los productos cuyos ítems arancelarios constan en el Anexo II) del Decreto 389/009

    Lo dispuesto por el Decreto regirá para las operaciones embarcadas a partir de la fecha de su vigencia.

    Para ver cuáles son los ítems arancelarios afectados, acceda al Decreto siguiendo éste enlace:

    http://www.presidencia.gub.uy/_web/decretos/2009/08/e2273.pdf

Resumen de Noticias Judiciales y Legislativas de la Semana Que Paso: “DE ESTO TAMBIÉN SE HABLA”

Fuente: Diario El País.


 

INTIMAN AL MIEM CUMPLIMIENTO DE SENTENCIA DEL TCA: La experta en Derecho Nuclear, Diva Puig, presentó una intimación al Ministerio de Industria y Energía (miem) para que cumpla con la sentencia del TCA que dispuso el reintegro en el cargo de asesora de la Dirección Nacional de Tecnología Nuclear. A más de 20 días de pronunciada la sentencia del TCA, el MIEM no ha dictado la resolución correspondiente.

El caso se inició en el mes de marzo de 2005, cuando, por orden del entonces Ministro Jorge Lepra, Puig fue trasladada a la Dirección General de Secretaría del MIEM sin expresión de motivo. Puig, que es especialista y consultora en Derecho Nuclear, recurrió la resolución, alegando la falta de fundamento del traslado y su destino a un área no vinculada a su especialidad. Luego de agotada la instancia administrativa, Puig presentó la acción de nulidad ante el TCA, el cual hizo lugar a la demanda, expresándose en el fallo que en la decisión ministerial "no consta la razón que motivó la elección de la accionante, ni el fundamento lógico ni jurídico que hubiere determinado tal decisión".


 

    FISCAL SOLICITO EL ARCHIVO DEL CASO DE LOS FUNCIONARIOS DEL INAU CONTRA LA MINISTRA ARISMENDI: La fiscal Raquel González desestimó la denuncia por difamación e injurias presentada por el gremio de trabajadores del INAU contra la ministra de Desarrollo Social, Marina Arismendi, por haber omitido los denunciantes la agregación de la copia de las actas de las últimas elecciones del sindicato de trabajadores en las que fueron reelectos en sus cargos el presidente del gremio, Joselo López y el secretario general, Carlos Salaberry.

Todo se había iniciado cuando en declaraciones a la prensa, la titular del MIDES habría acusado a los trabajadores de tener vinculación con los motines en la Colonia Berro. El abogado del sindicato de trabajadores de INAU, Dr. Juan Williman, expresó que es un tema absolutamente formal, pudiendo ser fácilmente subsanado si se pretende seguir adelante con la denuncia.


 

JUSTICIA VOLVIO A CONDENAR AL MSP A SUMINISTRAR MEDICACION QUE NO SE ENCUENTRA EN EL FTM: Por segunda vez en menos de 60 días, la Justicia falló contra el MSP ordenándole que brinde un costoso tratamiento contra el cáncer que no está incluido en el Formulario Terapéutico Médico de Medicamentos (FTM) a una paciente. El fallo fue dictado la semana pasada en el Departamento de Paysandú, haciendo lugar a la acción de amparo presentada por una paciente de la mutualista COMEPA, condenando al MSP a brindarle el Lapatinib en un plazo máximo de 72 horas a la demandante, quien está en tratamiento desde el pasado mes de abril como consecuencia de un cáncer en el hígado, que es producto de una metástasis de un tumor de mamas que padeció tiempo atrás. La dosis mensual del medicamento ronda los $ 66.000.

La sentencia, dictada por el Juez José Pedro Pereyra, establece que el MSP incurre en una omisión al no tomar una decisión definitiva sobre si incluye o no el medicamento en el FTM para darle una certeza a los pacientes sobre si van a contar o no con ese tratamiento. La sentencia establece asimismo una conminación económica para el cumplimiento de la misma por parte del MSP, estipulada en 50 UR diarias.

El otro caso por el cual había sido condenado el MSP fue, tal cual publicáramos en El Jurista la semana anterior, la acción de amparo a la cual hizo lugar el Juez Pablo Eguren condenando al MSP a brindarle el mismo medicamento a otra paciente oncológica. Sin embargo, el TAC 6° Turno, revocó esa sentencia al considerar que el MSP no está obligado a brindar medicamentos que no están incluidos en el FTM. A pesar de esa resolución favorable, la ministra María Julia Muñoz decidió que la demandante siga recibiendo el medicamento, con el objetivo de no interrumpir el tratamiento que ya había iniciado.


 

    LEY DE CADUCIDAD, EL EJECUTIVO EXCLUYO OTRO CASO: Por Resolución firmada por el Presidente de la República, Dr. Tabaré Vázquez, el Ejecutivo excluyó de la ley de Caducidad el caso de los hermanos Victoria y Anatole Julien, quienes en 1976 fueron trasladados en forma clandestina a Chile por efectivos militares, luego de la detención y muerte de sus padres, que tuvo lugar en Buenos Aires. La resolución entiende que al haber ocurrido el hecho en el exterior, no resultaba amparado por la Ley 15.848.

Victoria Grisonas y Roger Julien, padres de Victoria y Anatole, fueron detenidos en Buenos Aires en septiembre de 1976. Julien se suicidó, mientras que Grisonas y sus hijos fueron trasladados a Uruguay. La mujer fue asesinada en Montevideo. Luego, los hermanos fueron llevados en forma ilegal a Chile, donde se los dejó abandonados en una plaza de Valparaíso.

Esta resolución habilita al juez del caso (Dr. Alejandro Guido) a retomar la indagatoria, la cual estaba suspendida hasta tanto existiera un pronunciamiento del Poder Ejecutivo sobre la inclusión o no del caso en la ley de Caducidad. En la denuncia presentada en 2008, los hermanos Julien solicitaron se indague a las autoridades militares y civiles de la época, entre ellos el ex dictador Gregorio Álvarez y el ex canciller Juan Carlos Blanco.


 

    CASO GELMAN: Dos informes técnicos elaborados por especialistas españoles de las universidades de Córdoba y Granada, fueron entregados al juez penal Pedro Salazar, señalan que el cráneo encontrado en 2005 en el Cementerio de Vichadero, Rivera, no corresponde a María Claudia García de Gelman, la joven argentina desaparecida en Uruguay en 1976.

Los técnicos indicaron que las muestras extraídas y comparadas con Macarena Gelman, hija de la mujer desaparecida, "no son coincidentes" y por eso "se rechaza la hipótesis de que ambas muestras pertenezcan a la misma línea materna". El año pasado, el ITF había determinado que había más de 90% de posibilidades de que el cráneo perteneciera a García de Gelman.


 

    CASO HOSPITAL MACIEL: Si bien el informe definitivo de la auditoría todavía no está terminado, la auditoría de ASSE sobre las irregularidades constatadas en el Hospital Maciel (sobrefacturación de $ 3 millones en horas de trabajo por parte de Clanider SA, encargada de la limpieza del centro asistencial), apuntan a que el responsable de las mismas constatadas en los contratos es el subdirector del Hospital, Óscar Gianneo, encargado de la parte administrativa del nosocomio y no el director Daniel Parada.

A instancias de Gianneo fue que Lucía Zagía asumió como administradora del Hospital Maciel. La funcionaria fue separada de su cargo sumariada apenas se conoció esa situación, ya que era la responsable de los controles. A su vez, los auditores del Tribunal de Cuentas, que también están realizando una investigación, también consideran que las responsabilidades más importantes recaen sobre Gianneo y Zagía.

En tanto, la jueza especializada en crimen organizado Graciela Gatti espera que ASSE le envíe la documentación sobre los contratos, para continuar con la indagatoria. El lunes pasado, el MSP presentó a la magistrada los antecedentes administrativos del caso.


 

    IRREGULARIDADES EN MANEJO DE FONDOS DE TV CIUDAD: Una Auditoría llevada a cabo por el Tribunal de Cuentas constato que la Intendencia de Montevideo está volcando el dinero recaudado por el canal cable TV Ciudad "en cuentas bancarias no oficiales", sin ley que lo autorice a ello. El informe señala que, en los convenios de auspicios o colaboraciones para TV Ciudad que firma el intendente Ricardo Ehrlich o la Comisión Administradora de TV Ciudad, se establece que la recaudación "se depositará en cuentas bancarias" de la Asociación de Amigos de TV Ciudad. El TCR advirtió que el dinero recaudado por auspicios "debió ingresar contablemente" a la Intendencia de Montevideo por "ser fondos públicos".

El Tribunal señaló que hay atrasos en las presentaciones de rendiciones de cuentas por parte de la Asociación de Amigos., expresando asimismo que dicha asociación no integra la estructura orgánica de la IMM ni de ningún otro organismo estatal. Tampoco constituye una oficina de recaudación. Integrantes de la Asociación de Amigos de TV Ciudad respondieron que desconocían la existencia de una norma legal que habilitara a incluir dicha cláusula en los convenios, y ratificaron que el dinero era depositado en una cuenta de la institución.


 

    ESTA EN TRAMITE DEMANDA CONTRA LA EMPRESA BOTNIA, EN CONCEPCION DEL URUGUAY: Dos años después de presentada la demanda, el juzgado Federal de Concepción del Uruguay, notificó a la empresa Botnia de la demanda, por intermedio de un escribano público uruguayo. Hasta ahora los exhortos enviados por vía diplomática, eran retenidos en el Ejecutivo, basados en una resolución firmada por Tabaré Vázquez el 9 de diciembre de 2008. Los asesores de Botnia viajaron a Concepción del Uruguay, el pasado 27 de julio, a ejercer su derecho a defensa y hubo una instancia posterior que se cumplió en agosto.

El juicio fue iniciado por los propietarios del balneario Ñandubaysal de Gualeguaychú. Asesores de la empresa ya comparecieron en dos oportunidades. Botnia ya se presentó con documentos pretendiendo dar explicaciones de que no producirá impactos en la zona. El abogado de los demandantes explicó que "ahora se dará el debate de pruebas, aunque previo a esto se planteó por parte de Botnia, una excepción de incompetencia, un cuestionamiento a la competencia de la justicia argentina". El mandato judicial que se exige, no persigue una reparación económica, "sino que se trata de una acción de tutela preventiva del daño".


 

BENEFICIOS LABORALES Y DE SEGURIDAD SOCIAL PARA DEPORTISTAS PROFESIONALES: El Presidente del BPS, Ernesto Murro, anunció que los deportistas profesionales recibirán todos los derechos de seguridad social y de salud que tienen los trabajadores públicos y privados gracias a un decreto que entrará en vigencia a partir del próximo 1° de septiembre. El monto del aporte al BPS para futbolistas y basquetbolistas de primera división pasará de $ 643 a $ 771. En 2010, comenzará a incrementarse progresivamente para llegar a 2012 a la fijación de los aportes en función del salario real y no por un ficto. En cambio, a los deportistas de segunda división en ambas disciplinas se les mantendrá el monto de $ 771 por todo el 2010.

En virtud de la resolución, los futbolistas y basquetbolistas profesionales -cuya remuneración por esta actividad represente al menos el 50% de sus ingresos totales- recibirán cobertura médica y también sus hijos, en el marco de la reforma de la salud. Otras prestaciones tienen que ver con jubilaciones, pensiones, licencias por enfermedad, asignaciones familiares y hasta el acceso al seguro de paro cuando cese la relación laboral.


 

    SE REGLAMENTO LEY DE MIGRACIONES: La ley de migraciones (Nº 18.250) fue reglamentada por un decreto firmado esta semana, donde se establecen disposiciones tales como que los extranjeros que decidan radicarse en Uruguay podrán acceder gratis a los servicios de salud (a través de ASSE), en caso de que no puedan pagarlos, y tendrán los mismos derechos de seguridad social que los nacionales, entre otros beneficios. El decreto reglamentario crea la Junta Nacional de Migración, que impulsará políticas migratorias.

Para los extranjeros residentes que si pueden afrontar los costos de salud, se prevé que accederán a los servicios que integran el Sistema Nacional Integrado de Salud (SNIS) al mismo costo que los nacionales. En cuanto a los extranjeros no residentes sin recursos económicos, también podrán acceder a la atención gratuita de ASSE en casos de emergencia.

En materia de seguridad social se prevé que el extranjero residente tendrá los mismos derechos a las prestaciones que los nacionales. En cuanto a la educación, se establece que "el Estado uruguayo procurará que las personas migrantes y sus familias tengan una rápida incorporación a los centros educativos públicos, tanto para iniciar como para proseguir estudios".

En cuanto a los uruguayos que residen en el exterior, se prevé que el Ministerio de Relaciones Exteriores (MREE) tendrá la función de "resguardar los derechos ciudadanos y humanos" de éstos, y "fortalecer su pertenencia e identidad con su país de origen". A su vez, fomentará "la suscripción de convenios con Estados en los que residen nacionales uruguayos y garantizarles la igualdad de trato con los nacionales de esos Estados".

De la ley de migraciones, de enero de 2008, sólo se habían reglamentado hasta el presente dos artículos: el 76, que facilita el regreso de uruguayos en el exterior a través de medidas como la exoneraciones impositivas al ingreso de vehículos y herramientas de trabajo, y el 74 que regula la actividad de los Consejos Consultivos de uruguayos en el exterior.


 

    LEY DE ADOPCIONES, CERCA DE APROBARSE:
La Cámara de Diputados aprobó el proyecto de ley que permite a parejas homosexuales y los hogares monoparentales la adopción de menores, mediante la modificación de diversas normas del Código de la Niñez y la Adolescencia (CNYA). Antes de convertirse en ley, la iniciativa debe retornar al Senado donde se aceptarán unas ligeras modificaciones incorporadas por Diputados. En caso de que se convierta en ley el proyecto, nuestro país será el primero en América Latina en legalizar ese régimen. Además de la polémica en torno a la adopción por homosexuales, la ley abarca otros aspectos, como la centralización de los trámites en el INAU y la agilización del proceso de adopción. El debate se instaló en la sociedad desde la presentación misma del proyecto al Parlamento. Además de oponerse a que parejas homosexuales adopte, los nacionalistas no compartieron la centralización del nuevo régimen en el INAU.

El texto aprobado en Diputados elimina la diferencia entre adopción simple y plena pasando a ser todas de igual condición. Este proyecto elimina la condición de que los adoptantes deban estar casados para adoptar en forma plena. La modificación al texto propone un solo tipo de adopción para matrimonios, parejas y personas solas, valorando que tengan redes familiares para que el niño se inserte en una familia. El proyecto también innova en cuanto admite que las parejas de concubinos con un mínimo de cuatro años de vida en común y con apariencia de matrimonio, puedan adoptar.


 

    FACULTAD DE MEDICINA ACEPTO CON REPAROS INCORPORACION DEL CLINICAS AL SNIS: El Consejo de Medicina resolvió aceptar, con serios reparos, el convenio propuesto por ASSE para la incorporación del Clínicas al Fonasa. La mayor objeción pasa por la cifra económica asignada, la cual es considerada como insuficiente para cerrar el año del hospital. Ahora el Consejo Directivo Central de la UDELAR deberá ratificar el acuerdo al que se le plantearon algunas modificaciones, entre ellas que la firma del convenio queda condicionada al compromiso del gobierno de disponer de los recursos suficientes para que el Clínicas pueda culminar el año sin sobresaltos.

Los puntos "débiles" del convenio propuesto por ASEE son, para la Facultad, el financiamiento y la exigencia de formación de recursos humanos en base a las definiciones estipuladas por ASSE, considerado como una provocación. Lo medular y urgente del acuerdo está en el monto económico que el Clínicas recibirá al firmar el convenio. Si bien ASSE se compromete a transferir $ 70 millones anuales -en reconocimiento de la asistencia que el centro brinda a los usuarios de Salud Pública- el documento establece la vigencia del mismo a partir de julio de 2009, por lo que este año sólo recibirá $ 35 millones, monto considerado como insuficiente para poder hacer frente a lo que resta del año. La Comisión Directiva del Clínicas ya advirtió que el presupuesto para mantener abierto el hospital alcanza sólo hasta fines de septiembre.

Por ello el Consejo de la Facultad de Medicina resolvió condicionar la firma del convenio a que se pueda garantizar un complemento financiero hasta fin de año. Al acuerdo se lo considera en dos etapas: Primero se lo acepta en "líneas generales" - ya que recoge el objetivo de integrar el Clínicas al SNIS-, y en segundo lugar se buscará avanzar hacia una mejor complementación económica, para la que piden exista "voluntad en la negociación".

Otro de los puntos del convenio que despertó preocupación en los consejeros de Medicina fue el que establece la formación de recursos humanos en distintas especialidades, de acuerdo a la definición de necesidades dispuestas por ASSE. El Consejo de Medicina resolvió modificar este aspecto del convenio, para que sean el MSP y el sistema de salud en su conjunto y no sólo ASSE quien defina las necesidades de recursos humanos. Que el convenio esté atado a la formación de recursos humanos, no corresponde y llama la atención.

Según el documento de ASSE las prestaciones incluidas en el convenio y que el Clínicas se compromete a cumplir son aquellas vinculadas a la atención de CTI de adultos, cuidados moderados, consultas en emergencias e intervenciones quirúrgicas. El convenio dice que estos servicios formarán parte de la Red Integrada de Efectores Públicos de Salud (RIEPS), la cual será coordinada con ASSE y abarcará a todos los prestadores del subsector público. El convenio tendrá una vigencia de cinco años y será renovado automáticamente por períodos iguales.