lunes, 15 de noviembre de 2010

NORMAS DE INTERES PUBLICADAS EN EL DIARIO OFICIAL (SEMANA DEL 8 AL 12 DE NOVIEMBRE DE 2010).

IPC e IMS: Publicado en el Diario Oficial el 8 de noviembre (Nº 28.096): Por el cual se fija el Índice de los Precios al Consumo correspondiente al mes de octubre de 2010 en 300,66 y el Índice Medio de Salarios (IMS) correspondiente al mes de setiembre de 2010 en 128,95.


 

LEY 18.694 OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDADES DESPACHANTES ADUANA: Publicada en el Diario Oficial el 10 de noviembre (Nº 28.098): Por el cual se dictan normas que establecen obligaciones y responsabilidades para los despachantes de aduana, en lo relativo a la guarda, conservación y archivo de los documentos derivados de operaciones aduaneras.

Acceda al texto de la ley siguiendo éste enlace:

http://www.presidencia.gub.uy/sci/leyes/2010/10/mef_270.pdf


 


 

DECRETO 322/010 VALOR UR, URA e IPC:
Publicado en el Diario Oficial el 10 de noviembre (Nº 28.098): Por el cual se fija el valor de la Unidad Reajustable (UR) en $ 469,75; el valor de la Unidad Reajustable de Alquileres (URA) en $ 467,41; y el Indice de Precios al Consumo en 298,74 correspondiente al mes de setiembre 2010.

El coeficiente que se tendrá en cuenta para el reajuste de los alquileres que se actualizan en el mes de octubre de 2010 es de 1,0632.


 


 

DECRETO 323/010 DISTRIBUCION PORCENTAJE FUNCIONARIOS CASINOS:
Publicado en el Diario Oficial el 10 de noviembre (Nº 28.098): Por el cual se modifica el art. 10 del Decreto 360/978 referente a la forma de distribución del porcentaje de las utilidades brutas del juego en los casinos del Estado entre el personal beneficiario de la Dirección General de Casinos.

Se establece que en caso de producirse pérdidas en un mes en algún Casino, no se realizará la distribución del porcentaje entre los funcionarios del mismo, con excepción de la participación en el Fondo Común del 3% previsto en el literal c) del art. 9. En los meses siguientes, los porcentajes se liquidarán sobre el total que resulte una vez absorbida dicha pérdida.

Igual criterio se aplicará para la participación de los demás funcionarios beneficiarios de la Dirección General de Casinos en la liquidación de los respectivos porcentajes.


 

DECRETO 326/010 REGIMEN EXTRAORDINARIO RETRIBUCIONES POR DEDICACION EXCLUSIVA, FUNCIONARIOS DGI:
Publicado en el Diario Oficial el 12 de noviembre (Nº 28.100): Por el cual se sustituye el artículo 1° del Decreto 298/010 referente al régimen extraordinario de retribuciones por dedicación exclusiva a funcionarios de la DGI.

El art. 1° establece que se deja sin efecto con respecto a los funcionarios de la DGI que perciban el nuevo régimen extraordinario de retribuciones por dedicación exclusiva, previsto en el inciso segundo de la Ley 17.706, el inciso segundo del art. 2° del Dto. 6/006 y el literal c) del art. 5 del Dto. 22/007.

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