lunes, 24 de mayo de 2010

Resumen de Noticias Judiciales y Legislativas de la Semana Que Paso: “DE ESTO TAMBIÉN SE HABLA”

Fuente: Diario El País.

SENTENCIA DEL TCA RATIFICO LEGALIDAD DECRETO ANTITABACO: El TCA ratificó la legalidad del decreto firmado en septiembre de 2005 por Tabaré Vázquez por el cual se dispuso la prohibición de fumar en todo local cerrado o área laboral en organismos públicos o empresas privadas. El pronunciamiento del TCA fue emitido en el marco de una acción de nulidad contra el decreto presentada por una mujer que alegó que la nueva normativa viola su derecho a fumar, lo que, a su juicio, afecta el principio de igualdad establecido en la Constitución.

Sin embargo, los ministros del TCA, en un fallo unánime, rechazaron la acción de nulidad contra el decreto, siendo la primera vez que el órgano resuelve al respecto en un caso planteado por un particular, ya que anteriormente había establecido que las tabacaleras no tienen legitimación para accionar contra la nueva legislación. La sentencia sostiene que con el decreto "no se vulnera ninguno de los derechos expresa o implícitamente consagrados por la Constitución", "el derecho de cada individuo termina donde comienza el derecho de otro" y por eso, si se admite que toda persona puede fumar en cualquier lugar, "se soslaya el derecho que tienen otros individuos (tan respetable y legítimo como el anterior) de no aspirar humo proveniente de cigarros o cigarrillos, sea en locales cerrados de uso público o áreas laborales públicas o privadas destinadas a la permanencia en común de personas".

    

VECINOS MOVILIZADOS DE GUALEGUAYCHU PRESENTARON DEMANDA RECLAMANDO LEVANTAR EL CORTE: El grupo "Ciudadanos Movilizados por el Levantamiento del Corte" de Gualeguaychú presentó el pasado jueves ante el juzgado federal de Concepción del Uruguay una demanda contra el piquete y exigen que se libere la ruta. La demanda señala: "Se solicita la intervención del juzgado y se formula denuncia penal, a los fines de que se investigue la obstrucción del paso en el kilómetro 28 de la ruta 136. Y que se actúe en consecuencia". La organización fundó la denuncia en el artículo 194 del Código Penal, que prevé penas de hasta dos años de prisión para quien "impida, estorbe o entorpezca" el normal funcionamiento del transporte. Señalaron que por el corte hay "personas impedidas de mantener contacto con su grupo familiar más cercano, sobre todo aquellos de menores recursos" y que ha habido "graves perjuicios económicos en Fray Bentos y en Gualeguaychú, que abarcan una amplia gama de situaciones". Esta semana la fiscalía debería resolver si la demanda presentada es razonable y requerir al Juzgado federal que intervenga.


 

REFLEXIONES ACERCA DE LA REFORMA DEL PROCESO PENAL: En el foro sobre la "Reforma de los Procedimientos Criminales en Uruguay" en el marco de la "Conferencia Anual sobre Asuntos Jurídicos y Políticos en las Américas" realizada la semana pasada en nuestro país, depusieron varios juristas de prestigio en nuestro medio, como el Dr. Alejandro Abal, Miguel Langón y Dardo Preza, entre otros. Allí efectuaron una serie de reflexiones acerca del proyecto de reforma del CPP.

El Dr. Alejandro Abal afirmó que si el nuevo proceso penal se aprueba tal como está previsto, derogará algunas de las nuevas técnicas de investigación contra el crimen organizado, como la figura del "colaborador". Según Abal dado que el proyecto de reforma del CPP no hace referencia a esas técnicas de investigación, los métodos deberían ser eliminados si se aprueba la nueva legislación tal como se elaboró. Según la ley de Prevención de Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo, los juzgados especializados en crimen organizado están habilitados a utilizar técnicas de investigación particulares para sus indagatorias. La figura más polémica es la del "colaborador" que puede llegar a un acuerdo con la Fiscalía para, a cambio de entregar detalles de la operativa, recibir una pena más leve (hasta la mitad del mínimo y del máximo). Abal expresó     que cualquiera de los operadores judiciales que se haya metido en este tema (de las técnicas de investigación de crimen organizado) sabrá que no sólo es una materia técnicamente discutible, sino que además hay que crear una cultura procesal que por ahora no tenemos. En principio, con el proyecto actual, solamente podría ser aplicada la "vigilancia electrónica", ya que esa técnica sí está prevista dentro del nuevo modelo procesal penal.

Por su parte el catedrático Miguel Langón expresó que hay "un problema cultural" y si no se cambia es inútil cambiar las disposiciones legales. Entre otras modificaciones, el proyecto de reforma plantea la instauración de un sistema oral, público y acusatorio, donde la tarea de investigación estará a cargo de los fiscales. Entre sus principales innovaciones, el nuevo modelo procesal establece que la prisión preventiva se aplicará sólo en casos de particular violencia (como violación u homicidio) pero, por regla general, el procesado esperará la sentencia en libertad. Hay jueces y fiscales que todavía tienen la idea metida en la piel de que la prisión preventiva es anexa al auto de procesamiento. Según los pactos internacionales ratificados por la República, la prisión preventiva no se debe aplicar en casi todos los casos, como sucede actualmente. Por eso reclamó que por la vía legislativa se limite "el poder discrecional de los jueces y, si (los legisladores) quieren que las personas no estén en prisión preventiva que lo digan más categóricamente" para no dejar lugar a interpretaciones personales.

Por su parte, Dardo Preza, subrayó que modificar la legislación implica "despojarse de arraigados conceptos provenientes de la visión inquisitiva del proceso penal que vincula el hecho presuntamente delictivo y la identificación del imputado con la imposición de prisión preventiva como principio o regla". Considera de vital importancia modificar la legislación procesal penal vigente, porque el sistema actual "no asigna primordial importancia al principio de inocencia y en general tampoco a las garantías del debido proceso".


 

REFLEXIONES SOBRE EL NUEVO PROCESO LABORAL: Tres especialistas en Derecho Laboral coincidieron en que, más allá de lo que resuelva la Suprema Corte, la ley de Abreviación de Juicios Laborales deberá ser modificada. Las consideraciones fueron realizadas en un curso sobre el nuevo modelo procesal laboral, que se dicta en la UM.

Santiago Pérez del Castillo expresó que "La celeridad impuesta a fuerza de plazos imposibles de respetar puede conspirar contra la aplicabilidad efectiva de la ley". Según el catedrático el sistema hace que "los abogados no lleguen a las audiencias con el tiempo suficiente y tengan incertidumbre, por lo que actúan por las dudas". Por ese motivo, los jueces deben hacer "malabarismo" con las agendas de las sedes. Más allá de la posición que adopte la Suprema Corte respecto a los más de 400 recursos de inconstitucionalidad planteados contra el nuevo sistema procesal laboral, será necesario hacer un balance práctico sobre la nueva ley. Si la Corte hace lugar a la inconstitucionalidad de la norma en alguno de sus aspectos, podría pasar algo similar a lo que ocurrió con el IRPF a los jubilados, que se consideró inconstitucional y luego hubo una nueva ley en la cual se mejoraron las cosas y se creó el IASS. Según el especialista los problemas que enfrenta la Justicia Laboral no son un tema de plazos, sino de personal y recursos en los Juzgados.

Por su parte, la abogada laboralista y docente universitaria Cristina Mangarelli, dijo que la reforma del proceso laboral era "necesaria" porque los juicios deben ser más rápidos ya que los reclamos son de carácter "social y, generalmente, tienen naturaleza alimentaria". Sin embargo, opinó que no era necesario crear un procedimiento independiente del CGP, sino que hubiera alcanzado con regular mejor la normativa anterior. Según Mangarelli es "incorrecto" enfocar las críticas al nuevo sistema "pensando solo en los empleadores, porque también hay plazos muy cortos para los trabajadores".

En tanto, el abogado especialista en Derecho Procesal y Laboral, Santiago Pereira Campos, consideró que las principales dificultades del sistema están relacionadas con la "gestión" de los procesos, aspecto que "no se soluciona con una ley procesal". Pereira Campos cuestionó que la nueva ley no es precisa respecto a las notificaciones y sus plazos. Tampoco prevé el uso de la notificación electrónica, aunque en algunos juzgados se utiliza, señaló.


 

INCENTIVOS A PRIVADOS QUE CONTRATEN PERSONAL: Un decreto firmado el pasado martes por el Presidente José Mujica, mejora la deducción en los aportes patronales a la seguridad social por cada nuevo empleado que tome una empresa privada. En el caso de trabajadores masculinos la deducción puede llegar hasta $ 5.758 por empleado, y si se trata de una trabajadora mujer hasta $ 7.678. También, el gobierno aumentó el subsidio destinado a las empresas por la capacitación de empleados en el puesto de trabajo, pudiendo llegar hasta $ 16.800 por trabajador, en función de la característica del proyecto. La medida fue tomada luego de la constatación de los escasos resultados del programa "Objetivo Empleo". El programa "Objetivo Empleo" del MTSS fue concebido originalmente en 2007 en el marco del Plan de Equidad junto con el programa "Uruguay Trabaja" administrado por el Mides. Ambos estaban dirigidos a facilitar el acceso al mercado laboral, el primero en el ámbito privado y el segundo en el público.


 

PREVEEN VARIAS REFORMAS EN LEGISLACION ADUANERA: El Gobierno prevé reformar el Código Aduanero y otras normativas vinculadas a la Aduana con el objetivo de reducir costos y mejorar la eficiencia. El ministro de Economía y Finanzas, Fernando Lorenzo, dijo que el gobierno trabaja en la elaboración de una "revisión integral del código y la normativa aduanera". Pero aclaró que la idea no es incluir todo en un solo proyecto sino "enviar más de un proyecto parcial, tratando de avanzar sobre aspectos específicos y muy concretos en materia de calidad de servicios aduaneros y simplificación de los procesos aduaneros". Las modificaciones están inspiradas en "el mantenimiento de la seguridad y el combate a los ilícitos vinculados a las actividades de comercio exterior y al mismo tiempo, en una necesidad de economía abierta que aspira a desarrollarse vinculada a la facilitación del comercio".


 

PREVISIONES PARA LAS CLAUSULAS DE SALVAGUARDA EN LOS PROXIMOS CONVENIOS COLECTIVOS: El gobierno prevé que las cláusulas de salvaguarda a establecer en las negociaciones colectivas de este período se sustenten en indicadores económicos objetivos y de fácil aplicación, que especifiquen en qué casos se requiere que trabajadores y empresarios vuelvan a negociar lo acordado en los convenios suscritos. En su presentación durante el tradicional foro de la Asociación Cristiana de Dirigentes de Empresa (ACDE), el director de la Asesoría Macroeconómica del Ministerio de Economía, Andrés Masoller indicó que el 83,8% de los convenios firmados en 2008 contenía cláusulas de salvaguarda, mientras que en 2005 ese guarismo era de apenas 1,1%. Un esquema de negociación colectiva que no contemple las especificidades de cada uno de los sectores está destinado al fracaso

Masoller reiteró la voluntad de que los acuerdos se fijen a largo plazo para dar "más previsibilidad y garantías a todas las partes". Argumentó que el 55,9% de los convenios firmados en 2008 fueron por más de dos años de duración, mientras que en 2005 al 97% se le daba un año de vigencia.