lunes, 21 de junio de 2010

Resumen de Noticias Judiciales y Legislativas de la Semana Que Paso: “DE ESTO TAMBIÉN SE HABLA”

AFJU SE DECLARO EN CONFLICTO: La Asociación de Funcionarios Judiciales del Uruguay (AFJU) formalizó la semana pasada en Asamblea, la decisión de declararse en conflicto con la Suprema Corte en reclamo de mejoras salariales para los empleados administrativos del Poder Judicial. Sostienen que la Corporación elaboró las bases de su próximo presupuesto sin contemplar las reivindicaciones de los funcionarios de los escalafones más bajos, que exigen solucionar las "inequidades" salariales que existen frente a los cargos técnicos y de magistrados. AFJU convocó para el próximo miércoles 23 un paro parcial de dos horas con una concentración frente a la sede de la SCJ, donde presentarán una nota pidiendo que se contemplen sus demandas.

El lunes, la AFJU se presentó ante la Dirección Nacional del Trabajo donde pidió que se convoque a la SCJ para iniciar una instancia de negociación colectiva. El presidente de la Corporación, Jorge Chediak, dijo la semana pasada que en el presupuesto pasado "se privilegió" los salarios de los funcionarios administrativos en detrimento de los técnicos.


 

TELEVISACIÓN DEL MUNDIAL CON DENUNCIAS PENALES Y DEMANDAS: Canal 10 presentó una denuncia penal contra los representantes legales de DIRECTV en Uruguay, por la "reproducción ilícita" del mundial, solicitando como medida cautelar "la suspensión inmediata de las actividades de reproducción", ya que se trata de un "ilícito punible". La denuncia es por violación de la ley que tipifica el delito de emitir una comunicación de contenido audiovisual sin el consentimiento de los titulares del derecho, que en el caso serían los canales que adquirieron a la FIFA los derechos de televisación, y no autorizaron a la empresa DIRECTV la emisión del mundial. Fundamenta el pedido de medida cautelar con carácter urgente y sin más trámite (de suspensión de la emisión), porque se acerca la feria judicial y el campeonato es un evento deportivo que se agota.

Según la denuncia, presentada por el penalista Gonzalo Fernández, junto con los canales 4 y 12, Canal 10 es cotitular de los derechos de televisación del Mundial, y que en las negociaciones previas con DIRECTV para la venta de los derechos, "surgieron importantes diferencias respecto a las condiciones de emisión y la determinación del precio y su forma de pago". Los canales 4 y 12 acordaron la venta de los derechos a DIRECTV, -luego de una intimación de la URSEC-, a un precio de U$S 450.000, según la demanda. Para Canal 10, el reclamo que DIRECTV realizó ante la URSEC fue "insólito" y "contradictorio", ya que DIRECTV promueve y publicita que posee en exclusividad los derechos de televisión para emitir otros eventos deportivos de atracción internacional, sin que nadie se queje por ello.

DIRECTV había hecho una denuncia ante la URSEC en el entendido de que la negativa de los canales a sublicenciar los derechos de retransmisión iba en contra de la ley de competencia. A pesar de no llegar a un acuerdo con Canal 10, DIRECTV transmitió el mundial, invocando el acuerdo con los otros dos canales y la resolución de la URSEC, que intimaba a los canales "al cese inmediato de la negativa a comercializar los derechos de retransmisión". DIRECTV afirmó que, en vistas de no haber llegado a un acuerdo con todos los cotitulares, transmitiría "su propia señal, producida internacionalmente". Para Canal 10, esta es una "justificación absurda" ya que lo que emite DIRECTV "es la única señal que existe para ser exhibida en todo el territorio uruguayo, sin importar desde donde la capte el operador".

El abogado de DIRECTV, Daniel Ferrere, afirmó que la demanda presentada por Canal 10 es un disparate, y que el canal tiene "una tradición" en violar la ley de defensa de la competencia. Consideró que la denuncia penal de Canal 10 es "un intento de penalizar una contienda comercial", y "lo único que muestra es que ese canal no ha entendido todavía que en Uruguay hay una ley de defensa de la competencia". DIRECTV emitió un comunicado en el que expresa "su preocupación" por la situación "que toma como rehén a 24.000 abonados". Consideró que la posición de Canal 10 "continúa siendo incomprensible, cuando desoye y descalifica a la URSEC, quien es por ley el ente regulador que debe actuar en estos casos".


 

PROYECTO DE LEY SOBRE DEVOLUCION DE IRPF A ESTATALES: Un proyecto de ley plantea que el Estado reintegre los montos retenidos por concepto de IRPF a los funcionarios públicos que hicieron uso del mecanismo de retiro incentivado antes de julio de 2007. Hace pocas semanas el TCA dicto una sentencia por la cual se dispuso que los retiros incentivados antes julio de 2007 no pueden ser gravados por IRPF, ordenando la devolución del IRPF al funcionario que inició la acción. El proyecto de ley busca agilizar el proceso de devolución de esos montos, evitándole a los involucrados la necesidad de tener que presentar demandas judiciales.


 

DENUNCIA ENTRE EMPRESAS TABACALERAS POR COMPETENCIA DESLEAL: La tabacalera Monte Paz denunció ante la Comisión de Promoción y Defensa de la Competencia a las también tabacaleras Abal Hermanos y British American Tobacco (BAT) por rebajar abruptamente los precios para sacarla del mercado. Esa práctica -en la que según Monte Paz incurren sus dos competidoras- se denomina de "precios predatorios" y consiste en vender a pérdida hasta sacar a un competidor del mercado. Una vez que se logra ese cometido, se recomponen las pérdidas por la vía del mercado que se ganó. A raíz de la denuncia, se hará un estudio del "mercado relevante" de venta de cigarrillos y la "posición" que en él tienen las tres tabacaleras mencionadas, para poder evaluar si la rebaja de precios de los cigarrillos decidida por Abal Hermanos y BAT configura una "política de precios predatorios" o no. Monte Paz acusa a sus dos competidoras de vender por debajo del costo, a pérdida, para sacarla del mercado. Según esta firma, sus competidoras son multinacionales con una facturación anual que supera varias veces el PBI, lo que les permite trabajar a pérdida por un tiempo.

Las dos empresas denunciadas respondieron ante la Comisión de Promoción y Defensa de la Competencia del Ministerio de Economía y Finanzas que Monte Paz tiene el 80% del mercado de venta de cigarrillos, por lo cual es el que tiene la posición dominante. En este sentido, sostienen que les es imposible a empresas con menor participación tener una política de "precios predatorios". Afirmaron además que en un contexto de fuerte restricción de la publicidad y medidas anti- tabaco, la única manera de competir es por el precio. Agregaron que no están perdiendo con los valores de venta fijados.


 

CONSEJO DE SALARIOS. EMPRESARIOS VISLUMBRAN ESCENARIO CONFLICTIVO: En su análisis de la ronda, la Cámara de Comercio discrepó con los gremios, reclamó la cláusula de salvaguarda y protestó contra la ley de negociación colectiva. Se hicieron reparos a la fórmula oficial que plantea que los ajustes se apliquen en base a indicadores de crecimiento sectorial y de la economía, tomando como referencia las ventas, el empleo y el PIB. Solicitaron que se excluya del PIB el valor de la producción en zonas francas, por considerar que afectaría el salario de sectores ajenos a esa actividad. Para que pueda funcionar este sistema, que pretende ser un traje de medida sectorial, habría que generar 440 indicadores. Esos datos difícilmente puedan obtenerse para subgrupos con realidades muy específicas.

Se calificó como un "desacierto" que se pretenda mantener el salario real a pesar de que a un sector le vaya mal. Los empresarios apuntan a la inclusión de una cláusula de salvaguarda que se active ante un cambio del contexto económico. Respecto de la negociación de condiciones de trabajo en los Consejos de Salarios (aspectos de seguridad e higiene, formación profesional, etc.) el sector empresarial afirmó que se habilita por la ley, siempre que haya acuerdo entre las partes. Se recomendó tratar de pactar en contra de la ultraactividad de los convenios prevista en la ley, definir el mecanismo de denuncia de los acuerdos, así como la inclusión de mecanismos de prevención de conflictos. Otro reclamo se relaciona a las ocupaciones, donde el sector empresarial demanda la derogación del decreto que regula estas prácticas sindicales.

El pasado jueves, empresarios, trabajadores y gobierno retomaron las negociaciones, pero sin lograr avanzar hacia un acuerdo. Las discrepancias que generan los criterios salariales oficiales llevarán al gobierno a replantearse algunos criterios establecidos. En la sesión del Consejo Superior Tripartito, el Ministerio de Economía rechazó planteos de ambas partes. La disconformidad de las partes hacia la propuesta del gobierno abre la puerta a la revisión de la fórmula oficial de ajuste de salarios.


 

    COLORADOS INTERPONDRAN RECURSO DE REVOCACION CONTRA RESOLUCION DEL PARLAMENTO POR PARLASUR: El Partido Colorado presentará un recurso de revocación ante la Suprema Corte contra la resolución de la Asamblea General por la cual se atribuyó a los distintos partidos políticos la representación del Poder Legislativo ante el Parlamento del Mercosur (Parlasur). En el escrito, que fue entregado al presidente de la Asamblea General, Danilo Astori, y firmado por los legisladores colorados, solicitaron que se efectúe la elección de los parlamentarios para integrar el Parlasur empleando el criterio de representación proporcional. Cuando el tema se consideró en el Parlamento, oficialismo y oposición discutieron largamente sin ponerse de acuerdo en la integración de la delegación compatriota. La diferencia se zanjó por votos: por mayoría la Asamblea General resolvió que serán 10 del Frente, 5 blancos y 3 colorados.


 

    MEDIDAS GREMIALES DEL HOSPITAL ITALIANO COMIENZAN A AFECTAR A USUARIOS: La fuerte discusión entre un médico y un funcionario ocurrida en el Hospital Italiano por la no admisión de un paciente a internación es otra perla que se suma al collar de encontronazos entre ambas partes a causa de algunas acciones gremiales y sus difusos límites en el ámbito sanitario. Desde el Sindicato Médico del Uruguay se advierte que la relación parece cada vez más tensa y buscan frenar el problema. Consultado por el Diario El País, el Dr. Gabrial Adriasola, expresó que el derecho de ocupación en el ámbito de la salud nunca debe sobrepasar el límite que implique una posible omisión de asistencia por parte de los funcionarios.

El derecho de ocupación o de huelga no puede poner en riesgo la vida humana. Ese es un elemento principal. Hay una teoría que se llama "ponderación de intereses", y la vida humana está por encima del derecho de huelga. Hay un conflicto de intereses que debe resolverse en beneficio del interés principal, que es indudablemente la vida humana. La medida gremial no debe perjudicar jamás la asistencia de un paciente con riesgo de vida. Ningún instructivo puede sobreponerse a lo que dice el Código Penal. Una cosa es que por una medida gremial no se pueda hacer una operación coordinada, que puede esperar uno o dos meses. Otra cosa es no atender una urgencia o una emergencia; ahí es donde entra a tallar la colisión de intereses, siempre que haya riesgo de vida: tampoco es que se vaya a la urgencia con un resfriado. La medida gremial no puede sobreponerse al interés de la vida humana.

Entre tanto trascendió que, fruto de una reunión mantenida por el Presidente Mujica con todas las partes, el gobierno propuso un período de tres meses, durante el cual el MSP será quien controle al Hospital, y hasta tanto se defina cómo y quién se hará cargo del Italiano. Durante éste período se garantizarán las fuentes de trabajo, así como el funcionamiento del centro asistencial. El pago de los salarios quedará a cargo de quienes.

NORMAS DE INTERES PUBLICADAS EN EL DIARIO OFICIAL (SEMANA DEL 14 AL 18 DE JUNIO DE 2010).

DECRETO 175/010 CONCURSOS FUNCIONARIOS: Publicado en el Diario Oficial el 17 de junio (Nº 27.997): Por el cual se prorroga hasta el 30 de noviembre de 2010, el plazo establecido en el Reglamento de Concursos aprobado por Dto. 516/007. El Reglamento de Concursos es aplicable a los funcionarios presupuestados de los incisos 2 al 11 y 13 al 15 del Presupuesto Nacional. El Reglamento de Concursos, establecido en el Dto. 516/007 disponía que las Unidades Ejecutoras deberían realizar esos concursos en un plazo máximo de 180 días a contar de la vigencia del Decreto.


 

DECRETO 177/010 CONTROL SANITARIO EQUINOS: Publicado en el Diario Oficial el 17 de junio (Nº 27.997): Por el cual se fijan medidas de control sanitario adecuadas para la protección de la ganadería equina, y se implementa un sistema de identificación para aquellos animales destinados a actividades deportivas, derogándose los Decretos 378/977 y 213/004.


 

DECRETO 178/010 CONDICIONES SANITARIAS ESTABLECIMIENTOS PECUARIOS PARA ENGORDE BOVINOS A CORRAL: Publicado en el Diario Oficial el 17 de junio (Nº 27.997): Por el cual se fijan las condiciones sanitarias y ambientales que deben cumplir los establecimientos pecuarios, dedicados al engorde de bovinos a corral con destino a faena.


 

ACORDADA 7683 CREACION JZGDO LTDO ATLÁNTIDA: Publicada en el Diario Oficial el 17 de junio (Nº 27.997): Por la cual se crea a partir del 4 de junio el Juzgado Letrado de Primera Instancia de Atlántida, con competencia en todas las materias. Tendrá jurisdicción en los territorios de las actuales 8ª, 18ª y 23ª Sección Judicial de Canelones.

El Juzgado de Paz de la 18ª Sección Judicial de Canelones se transforma en Juzgado de Paz Departamental de Atlántida.


 

ACORDADA 7684 SUPRESION JZGDO LTDO DE 2º T DE RIO BRANCO: Publicada en el Diario Oficial el 17 de junio (Nº 27.997): Por la cual se suprime a partir del 4 de junio el Juzgado Letrado de 1ª Instancia de Río Branco de 2º Turno.

El Juzgado Letrado de Primera Instancia de Río Branco (antes de 1º Turno) tendrá competencia en todas las materias y se remitirán a él todos los expedientes que se tramitaban ante el de 2º Turno, manteniendo su numeración.


 

ACORDADA 7684 CREACION JZGDO LTDO DE 2º T DE CERRO LARGO: Publicada en el Diario Oficial el 17 de junio (Nº 27.997): Por la cual se crea a partir del 4 de junio el Juzgado Letrado de Primera Instancia de Cerro Largo de Segundo Turno, el que tendrá la misma jurisdicción y competencia que el Jzgdo. Ltdo. de 1ª Instancia de Cerro Largo de 1º Turno.

Los Jzgdos. Ltdos. conocerán por períodos decenales o aproximadamente decenales del 1º al 10, del 11 al 20 y del 21 al último día del mes correspondiente. El régimen de distribución de asuntos se regirá por Acordadas 6907 y 7126 en lo pertinente.

Los actuales expedientes se distribuirán teniendo en cuenta los números de fichas, correspondiendo a 1º Turno las fichas impares y a 2º Turno las pares. No serán distribuidos aquellos expedientes que contengan el llamado para sentencia, dictada y ejecutoriada la misma, se procederá a distribuirlas.


 

DECRETO 176/010 REGLAMENTO ORGANICO DEL CENTRO DE COMANDO UNIFICADO: Publicado en el Diario Oficial el 18 de junio (Nº 27.998): Por el cual se aprueba el Reglamento Orgánico del Centro de Comando Unificado, creado por Resolución de fecha 21 de noviembre de 2008 del Ministerio del Interior (Nº B 1938 – As. 13756/08).