lunes, 8 de noviembre de 2010

Resumen de Noticias Judiciales y Legislativas.-

    PROYECTO DE LEY QUE INTRODUCE MODIFICACIONES A LA LEY DE ABREVIACION DE PROCESOS LABORALES: Si se aprueba el proyecto del gobierno que modifica la ley de abreviación de juicios laborales, ningún reclamo de esa naturaleza podrá llegar a la Suprema Corte, ya que en la iniciativa no se prevé la instancia de casación. El proyecto elimina el artículo que prevé que para poder apelar el empresario debe depositar el 50% del monto total de la condena. También modifica la disposición en la legislación vigente que establece que si el empleador no asiste a la audiencia el juez debe darle la razón al trabajador. El proyecto también plantea una nueva regulación en los plazos para los casos de menor cuantía (que no superen los $ 81.000 y que se tramitan en instancia única). El nuevo texto prevé 10 días para que el empresario conteste la demanda y otros 10 días para la celebración de la audiencia.

En cuanto a los casos de mayor cuantía (donde los reclamos superen los $ 81.000) el proyecto especifica que "solo se admitirán" los recursos de aclaración y ampliación, reposición, apelación, queja por denegación de apelación y revisión. El abogado especialista en derecho procesal, Santiago Pereira Campos, dijo que "es un error" no habilitar la instancia de casación ante la SCJ en los juicios laborales porque "son derechos muy importantes los que están en juego en esos casos". Según el abogado, consultado por el Diario El País, tal como está redactado el proyecto del Ministerio de Trabajo, "la Suprema Corte de Justicia va a dejar de actuar en la materia laboral".

Por su parte, la abogada laboralista Cristina Mangarelli, coincidió con que la eliminación de la casación "es un error" y destacó que la SCJ "ha mostrado una jurisprudencia respetuosa de las particularidades de la materia laboral". "El hecho de que los casos lleguen a la Corte jerarquiza a la disciplina laboral".


 

    PROYECTO DE LEY INTRODUCE MODIFICACIONES AL REGISTRO TITULARES VEHICULOS: La Comisión de Constitución y Códigos de la Cámara de Representantes analizará un proyecto de ley sobre la responsabilidad civil de los propietarios registrales de los vehículos. El proyecto plantea que "la realización del título y la inscripción de un vehículo sea obligatoria para que exista certeza jurídica y correspondencia entre el registro y la realidad". Este trámite lo podría realizar tanto el comprador como el vendedor ya que la responsabilidad pasaría a ser de ambos. El artículo 3 del proyecto establece que "hasta tanto no se inscriba el título, el titular registral al momento del accidente será civilmente responsable y en forma solidaria con el guardián material por los daños y perjuicios ilícitos que se produzcan con el automotor".

En un accidente de tránsito, las dificultades para identificar al propietario del vehículo causante del daño es un problema frecuente, como consecuencia de que la mayoría no tramita el título de propiedad al momento de comprar el coche. Suele acontecer que el dueño del vehículo es diferente al titular "municipal" y al propietario que está en los registros. Esto se da cuando un vehículo se vende varias veces pero no se realizan los títulos de propiedad y los registros.


 

    PROYECTO DE LEY QUE INTRODUCE MODIFICACIONES AL LEVANTAMIENTO DEL SECRETO BANCARIO: El Senado dio el pasado miércoles media sanción al proyecto que flexibiliza el levantamiento del secreto bancario. Según senadores del Frente Amplio y Alianza Nacional el proyecto incorpora un criterio de "equidad tributaria" porque grava tanto los activos de uruguayos en el exterior como los de inversores extranjeros en la plaza local, y porque da "garantías" a los individuos y empresas cuando, a pedido de la DGI o de un gobierno extranjero, se solicite el levantamiento del secreto bancario.

Durante la sesión, la Unidad Nacional (UNA) y el Partido Colorado lanzaron duras críticas a la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) por ejercer "presión" sobre el país. Pedro Bordaberry afirmó que se pone "al país de rodillas" frente a la voluntad de la OCDE y ratificó que el proyecto constituye "una entrega de soberanía".

Francisco Gallinal (UNA) dijo que el proyecto es "inconveniente" porque "impactará en la economía nacional"; hay temas sumamente diferentes en el proyecto, como las normas que prevén ampliar el IRPF. El proyecto sobre el levantamiento del secreto bancario "no es más garantista" para el inversor extranjero, sino que "se aplica para flexibilizarlo, lo que genera incertidumbre en la plaza".


 

CASO NIN NOVOA: El fiscal penal Luis Bajac resolverá ésta semana si pide el procesamiento del ex vicepresidente y actual senador frenteamplista Rodolfo Nin Novoa, por haber omitido informar en una declaración jurada su participación en una sociedad rural que administra con sus hermanos. En caso de pedir el procesamiento de Nin Novoa, el fiscal lo haría por el delito de "declaración jurada falsa" (art. 239 del Código Penal).

Si efectivamente el fiscal pide el procesamiento de Nin Novoa, la jueza Fanny Canessa deberá tramitar su desafuero ante el Parlamento. Sin embargo, blancos y colorados (que juntos suman 14 bancas en el Senado) no podrán votar por sí solos el levantamiento de los fueros de Nin Novoa, para lo cual se requieren 21 votos. El ex vicepresidente, representado por la abogada Hebe Martínez Burlé, presentó el año pasado un escrito ante la jueza Canessa en el que señaló que cometió un "error" y no una "omisión" al no dar cuenta de su participación en la sociedad rural de Cerro Largo. En la declaración jurada de 2009, sí incluyó esta información.


 

DESCUENTO SALARIAL POR ADHESION A PAROS: Pese a un decreto del período de Tabaré Vázquez que contempla descuentos salariales por paros en la Administración Central, los gremios terminan negociando rebajas por montos menores, quitas en cuotas o, incluso, el perdón total.

El decreto de 2008 establece descuentos proporcionales a las horas no trabajadas en el marco de medidas gremiales atípicas, como el trabajo a reglamento, los paros "de brazos caídos" o los llamados "paros perlados", que terminan afectando los servicios públicos. El paro del clearing por parte del sindicato bancario es un ejemplo de estas medidas.

Expertos en derecho laboral entienden que, jurídicamente, "no es discutible" la potestad de descontar las horas no trabajadas. Eduardo Ameglio, afirmó que "lo que puede ser discutible es cuánto se tiene que descontar". "Normalmente a nivel público y privado se descuenta directamente las horas no trabajadas". Sin embargo, marcó sus dudas en cuanto a la posibilidad de descuento a los funcionarios del BROU, por cuanto el decreto de 2008, refiere a trabajadores de la Administración Central, y no de los entes autónomos.

Según Pérez del Castillo, a nivel judicial "está todo el mundo de acuerdo" en que es posible descontar las horas no trabajadas tanto a los trabajadores privados como públicos. Sin embargo, la polémica radica en que hay posiciones encontradas respecto a si el descuento "se hace en relación a lo no trabajado o a las consecuencias que esa medida trajo al empleador". El criterio "más habitual y menos problemático" es realizar el descuento en función del tiempo por el que el trabajador dejó de cumplir su función.


 

    CONCLUSIONES DEL OFICIALISMO POR DEROGACION DEL ART. 76 DE LA LEY 2.230: El Frente concluyó que Gonzalo Fernández no actuó "por motivos espurios o ilegítimos" y no fue "protagonista" en la derogación del delito por el que procesaron a los Peirano. Y que el senador Abreu, "alma mater" de la ley, se manejó con "autonomía". El informe fue elaboradora por los asesores Homero Guerrero (abogado de confianza del presidente José Mujica y del MPP), Rodolfo Nin (hijo del senador Rodolfo Nin Novoa) y Héctor Di Giácomo (abogado socialista, ex director de la Fiscalía Letrada de la Policía y de Asuntos Internos del Ministerio del Interior), bajo las directivas de los senadores Jorge Saravia (Espacio 609), Nin Novoa (Alianza Progresista), Mónica Xavier (Partido Socialista) y Carlos Baráibar (Asamblea Uruguay).

Allí se afirma que el ex secretario de Presidencia Gonzalo Fernández, la abogada Cecilia Salom (su mujer) y el senador blanco Sergio Abreu no tuvieron interés particular en la derogación del artículo 76 de la ley 2.230, que luego habilitó la clausura del expediente de los hermanos Peirano Basso. El objetivo de la ley fue "evitar duplicar figuras delictivas". El informe oficialista, que será votado por el Senado. El informe debe ser aprobado el lunes por la bancada de senadores de la coalición.

Todo indica que el texto tendrá diferencias con las conclusiones de la investigadora que funciona en el FA, donde está casi terminado el trabajo. Allí hubo visiones críticas de las bases, el Partido Comunista y el MPP. También habrá diferencias con el informe del Partido Nacional y del Partido Colorado en torno a la actuación de Fernández, ya que ese informe mencionará "contradicciones y omisiones" del ex funcionario de gobierno, aunque no juzga su actuación y marca como correcta la derogación del artículo 76 de la ley 2.230.

El informe del FA dice que el aporte del Dr. Gonzalo Fernández se debió a consultas de terceros; no habiendo tenido actuación impulsora o protagónica en el proceso y alertando cuando entendió que se estaría al borde de cometer un acto equivocado (en 2006 avisó al ex ministro Danilo Astori que no derogara el artículo 76 porque podía liberar a los Peirano).

Respecto a la labor de los senadores, el informe concluye que se "actuó con autonomía y fundamento" y que hay coincidencias "entre todos los legisladores" en que se intentó "evitar la multiplicación de normas en nuestro sistema jurídico".

Con respecto a la defensa del ex director del Banco de Montevideo Juan Domingo Ratti por parte del estudio de Fernández, y en particular de la abogada y pareja del Dr. Gonzalo Fernández (Dra. Cecilia Salom), el informe frenteamplista indica que "excede claramente el objeto de la investigación" del Senado. "No obstante, puede decirse que su accionar en esa área no tuvo nada que ver con el proceso de aprobación de la norma en cuestión, ni se puede sostener que ella o el doctor Fernández hayan intentado aprovechar la condición de este último para obtener un beneficio procesal particular.

El oficialismo aclara que el informe "no pretende invadir la investigación judicial" y "no pretende agotar el análisis más allá de las fronteras del proceso de aprobación de la ley".


 

COORDINADORES REGIONALES: El secretario de Presidencia, Alberto Breccia, informó en la comisión de Presupuesto integrada con Hacienda que el oficialismo modificará el artículo 88 del proyecto de Presupuesto para reflejar el acuerdo entre el presidente José Mujica y el senador blanco Jorge Larrañaga respecto a que habrá seis coordinadores regionales y no 18 departamentales.

Larrañaga le entregó a Breccia y al prosecretario Diego Cánepa una propuesta de redacción donde, además de establecer "hasta seis cargos de coordinador regional, de particular confianza", se plantea que quienes ocupen esos lugares tendrán inhibiciones para hacer política. La propuesta dice que el cargo "recaerá sobre personas de comprobada trayectoria e idoneidad técnica" y "no podrán haber desempeñado cargos públicos electivos durante los tres años anteriores a su designación ni podrán ser candidatos a cargos públicos electivos hasta transcurridos tres años de la fecha del cese".

Larrañaga condicionó el apoyo de su sector a la inclusión de esas prohibiciones, teniendo en cuenta el respaldo de los intendentes a la propuesta del gobierno. La UNA no apoya a los coordinadores regionales y tampoco el Partido Colorado.

Amorín, Larrañaga y Heber también pidieron al gobierno que "desglose" del proyecto los cambios relativos a la URSEC que, a juicio de la oposición, le quitan independencia al organismo y lo subordinan al Ejecutivo.

NORMAS DE INTERES PUBLICADAS EN EL DIARIO OFICIAL (SEMANA DEL 1° AL 5 DE NOVIEMBRE DE 2010).

DECRETO 318/010 INCORPORACION AL SNS DE CONYUGUES O CONCUBINOS DE BENEFICIARIOS: Publicado en el Diario Oficial el 1° de noviembre (Nº 28.092): Por la cual se reglamenta el art. 66 de la Ley 18.211 referente a la incorporación al Seguro Nacional de Salud (SNS) de cónyuges o concubinos de beneficiarios de este seguro.

Acceda al texto dl Decreto siguiendo éste enlace

    http://www.presidencia.gub.uy/sci/decretos/2010/10/cons_min_211.pdf


 


 

    DECRETO 319/010 HORARIO DE ATENCION AL PUBLICO ADMINISTRACION CENTRAL: Publicado en el Diario Oficial el 1° de noviembre (Nº 28.092): Por el cual se determina el horario único de labor y de atención al público de las oficinas de la Administración Central así como el establecimiento de nuevos criterios para el control del deber de asistencia y la sanción de su incumplimiento; se derogan el inciso 2° del art. 32 del Decreto 302/996 y Decretos 537/993 y 90/003.

Acceda al texto dl Decreto siguiendo éste enlace

    http://www.presidencia.gub.uy/sci/decretos/2010/10/cons_min_212.pdf


 

    DECRETO 317/010 PROCEDIMIENTO POLICIAL EN CASOS DE VIOLENCIA DOMESTICA: Publicado en el Diario Oficial el 3 de noviembre (Nº 28.093): Por el cual se reglamenta la ley 18.315, de Procedimiento Policial en lo relativo a violencia doméstica.

Acceda al texto del Decreto siguiendo éste enlace:

http://www.presidencia.gub.uy/sci/decretos/2010/10/mi_182.pdf